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LEY DE FIDEICOMISOS
DERECHOS HUMANOS y DESARROLLO SOSTENIBLE CABILDEO FIDEICOMISO EDUCACION FIDEICOMISO DE EDUCACION. José de Luz y CaballeroTitulo 1.0 Definiciones de los Términos Jurídicos.Articulo 1.0. Se considera al Ministerio de Educación, en la Persona del Ministro de Educación Publica, como el Fideicomisario Nacional por el término para el que fue electo, y sus sucesores por igual termino. Vise-Fideicomisarios Directores Regionales, de las cuatro regiones del Fideicomiso, por el periodo de tiempo para el que fueron electos, y sus sucesores por igual término. Fiduciarios Operativos, todo el personal Profesores, Licenciados, obreros, Técnico e ingenieros que laboran por el tiempo que especifican sus contratos laborales, y sus sucesores por igual tiempo. pendiente Fiduciante o beneficiario. Serán todos los ciudadanos de la nación presente y futura, los que conservan el derecho a revocación bajo ciertas limitaciones del mandato tanto del Fideicomisario Nacional, como de los Vise-Fideicomisarios Directores Regionales Derecho Perpetuo. Los ciudadanos, presentes y futuros mantienen el derecho perpetuo sobre las universidades. Politécnicos escuelas secundarias, y primarias, Así como no se podrá modificar, abolir, ningún derecho establecido en este reglamento, sin que se efectué un sufragio nacional, en el cual se especifique que modificaciones se efectuaran en estos Fideicomisos.
Articulo 2.0.Los propósitos del Fideicomiso de Educación son:
Mantener y modernizar todos los bienes y recursos puestos bajo su administración. Mantener la diversidad en el servicio de educación nacional, y regional en igualdad de derechos para las regiones, y añadir a la educación lo mejor de las técnicas educacional foráneas, sin perjuicio de la nacional. Proteger los espacios y frecuencias de espectro radio eléctrico, y espacios en la Web internacional, y nacional destinados a la modernización de la educación para lo cual se auxiliara del fideicomiso de telecomunicaciones. Mantener la calidad de los servicios y la satisfacción de nuestros ciudadanos en todos los Cursos y Carreras que este fideicomiso les brinda. Rendir a la ciudadanía cuentas de toda gestión económica, y social educacional del fideicomiso. Proteger a los profesores, licenciados, obreros, técnicos, ingenieros y otros profesionales que laboran en el fideicomiso, bajo las reglas que en este reglamento se especifican. Promover a todos los talentos educacionales, técnico de educación regionales, con igualdad participativa en todas las regiones en que esta constituido. Proteger al alumnado, sin dejar de informar debidamente a los familiares inmediatos de toda información en beneficio del alumnado. Proteger la libertad de expresión religiosa que solo estará limitada a los derechos y deberes de estas en la Constitución de la Republica. Proteger el derecho económico regional de los ingresos por prestación de servicios educacionales internacionales bajo convenio con el fideicomiso. Proteger el Derecho del ciudadano a mejorar asuntos de interés ciudadano en los servicios educacionales, a través de los municipios. Establecer los mecanismos de cobro de servicios intermunicipales de la educación en coordinación con los gobiernos municipales. Articulo 3.0. Atribuciones Especiales. Solo los profesores y técnicos medios, e ingenieros de la educación del Fideicomiso podrán asistir y representar a la Republica de Cuba ante la UNESCO así como otros foros en otras naciones relacionados a esta. Las representaciones en esta organización y otras del ramo se seleccionaran con la participación de todos los maestros, profesores, licenciados, profesores técnicos e ingenieros de la nación. Todos los profesores, maestros, profesores técnicos e ingenieros del Fideicomiso de Educación de la nación tendrán acceso a todas las informaciones y resoluciones, acuerdos, tratados, y reuniones que se efectúen en la UNESCO y otros foros del ramo, para lo cual se otorgaran las respectivas credenciales, de acceso a estas. Pendiente.
Articulo 4.0. Departamento de Patentes y Derecho de Autor.
El Departamento de patentes y derecho de autor, tiene como función fundamental la protección de toda invención patentable y no patentable, de todos los Profesores, especialistas, técnicos, ingenieros y profesionales del Fideicomiso, colectiva e independientemente nacional e internacional. Todos profesores, licenciados, especialistas, técnico, ingeniero, y profesional, de educación están en pleno derecho de defender sus patentes o derechos de autor individuales, o colectivas de sus homólogos en el fideicomiso, nacional, o internacionalmente, para lo cual esta investido de plena autoridad como fideicomisario por la Republica de Cuba. Para el ejercicio de este derecho deberá portar la debida identificación cuya fotografía y firma aparecen en esta identificación expedidas por el Ministerio de Educación de Cuba. Ninguna persona ajena al Fideicomiso de Educación podrá atribuirse este derecho. Los profesores, licenciados, especialista, técnicos e ingenieros miembros de ANIR que conforman la Junta de Dirección Desarrollo de la educación, están autorizados a la gestión y protección de los derechos de patentes y derecho de autor nacional e internacional. El Ministerio de Justicia les proveerá de un numero abogados determinado por región especializados en patentes y derecho de autor para la defensa internacional de estos derechos.
Articulo 5.0. Pago de Servicios a la Renta Interna.
El Fideicomiso de Educación, paga impuestos a la renta interna y se pagaran en las siguientes condiciones: Después de deducir todos los gastos de modernización, y mantenimiento de inmuebles se procederá a deducir los siguientes incisos a continuación. Deposito en la Caja de Retiro Docente. Pago de royalties de innovaciones y racionalizaciones que el Fideicomiso haya comprado sus derechos. El Fideicomiso de acuerdo a las sugerencias, de la Junta de Directores podrá hacer también las deducciones de reducción de tarifas de servicio al usuario o ciudadanía. Los cargos por gastos de instalación, equipamiento, y seguros contra huracanes e incendios instalaciones del Fideicomiso. Las donaciones monetarias, equipamiento, instrumentos, y material educacional por la empresa privada nacional o internacional que reciba el Fideicomiso estarán exentas de impuestos, sin embargo la donación podrá ser deducida de los impuestos por los donantes en sus declaración presentando su correspondiente recibo que le otorgara el fideicomiso. Efectuadas las deducciones en los incisos (a, b, c, d, e) del (articulo 5.0.) Se procederá a pagar los impuestos al Servicio de Renta Interna.
Articulo 6.0.El Departamento de Servicios a la Renta Interna solo podrá imponer a los Fideicomisos de Educación los siguientes impuestos a sus ganancias como sigue. a. Ganancia a los Servicios de Educación Internacionales un máximo de ( ) durante los primeros diez años. b. Ganancia a las ventas de videocasetes, y casetes de audio, CD y DVD educativos docentes y no docentes de (pendiente) durante los primeros cinco años. c. Ganancia a los ventas de libros de texto nacionales de (pendiente ) durante los primeros cinco años. d. Ganancias a las ventas de libros de texto y docentes internacionales de (pendiente ) durante los primeros cinco años. Los impuestos después de transcurridos los cinco años a partir del establecimiento de esta Constitución podrán ser modificados, para poder hacer incrementos se deberá establecer la consulta a la ciudadanía.
Articulo. 7.0.Siempre que se refiera a la Ley en este texto se entenderá y se citara a la Ley REGLAMENTO DE LA LEY PARA EL ESTABLECIMIENTO Y CONTROL DE LOS FIDEICOMISOS DE SALUD PUBLICA, EDUCACION PUBLICA, TELECOMUNICACIONES & INDUSTRIA ELECTRONICA.
Articulo 8.0.Del Patrimonio del Fideicomiso de Educación.
El patrimonio del fideicomiso bajo su administración y control comprende los siguientes bienes: Todas las universidades y politécnicos, escuelas secundarias y primarias actuales y futuros de la nación exceptuando los Politécnicos de Telecomunicaciones. Todas las imprentas docentes y publicaciones de texto de estudios de la nación impresas por la imprenta docente. Todos los Medios de Transporte destinados al servicio de educación primaria. Todos los inventarios de medios técnicos y libros de texto educacional de la nación. Las Bibliotecas Publicas de la nación.
Titulo 2.0. FUENTES DE INGRESO.
Articulo 9.0.Las fuentes de ingresos de los fideicomisos se diferencian ligeramente uno de otros y estos se dividen en ingresos básicos y diferenciados. Son ingresos básicos para todos los fideicomisos los derivados de los impuestos pagados por el ciudadano por el servicio particular que brinda el fideicomiso.
Articulo 10.0.Las fuentes de ingresos diferenciados, son los ingresos que recibe el fideicomiso por servicios y productos elaborados e importados o creados por el fideicomiso, estos se diferencian igualmente de un fideicomiso a otro. Todos los fideicomisos pagaran impuestos por los ingresos diferenciados de la forma especificada en el titulo 4. y Articulos correspondiente de este Reglamento.
Titulo 3.0. DIVISION ADMINISTRATIVA FIDUCIARIA REGIONAL.
INTRODUCCION.La División Administrativa fiduciaria Regional, no es nada nuevo, la Organización de Naciones Unidas la tiene implementada como otro de sus instrumentos Jurídicos, así como tampoco es nuevo el método y principios de manejo y control de la economía por regiones que se establecen en esta Constitución, de hecho todos los ejércitos e instituciones que se respetan lo aplican, entrar en detalles seria poco beneficioso para el ciudadano común, sin embargo les damos la referencia en caso de que deseen ampliar su conocimiento e entendimiento de el porque se hace.( Ref. Jack Strickland May-June 1989 issue of Army Research, Development & Acquisition Bulletin).
Articulo 11.0. División Económica Regional.
El territorio de la Republica de Cuba, se fragmenta en la División Política Administrativa, con el solo objeto de buscar la mayor participación y representación en los Órganos de Gobierno, no así en la División Económica Regional, en esta se reagrupan las provincias y sus municipios para el mejor planeamiento del desarrollo económico sostenible y mejor planeamiento y distribución de los recursos del Estado y su presupuesto, los fideicomisos se ajustan a esta división, para el establecimiento de la División Administrativa Fiduciaria Regional.
Articulo 12.0. Limites Regionales.
Corresponderán a las siguientes regiones económicas los siguientes límites provincias y sus municipios: Región 1.Provincias: Pinar del Rió, Ciudad Habana, La Habana y Matanzas Prefectura Marítima Sur. Fideicomiso Regional José de la Luz y Caballero Región 2. Provincias: Villa Clara, Cienfuegos, Santi Spiritus, Ciego de Avilas. Fideicomiso Regional José Maria Mendives Región 3. Provincias: Camaguey, Las Tunas, Holguín, Prefectura Marítima Norte. Fideicomiso Regional Félix Varela Región 4. Provincias: Yara, Santiago de Cuba, Guantánamo. Fideicomiso Regional Julio Antonio Mella. Servicio para las casa de cultura en todas las regiones Pendiente Articulo 13.0. Planes Educacionales.
Los planes educacionales serán uniformes en las cuatro regiones, estos planes se calcificaran en: Primaria. Secundaria. Pre-Universitaria. Técnico Medio Profesional. Vocacional. La dirección central elaborara las normas y materiales de estudio, para la evaluación se auxiliara de las direcciones regionales, las cuales ajustaran los programas a sus necesidades y las reforzaran en los casos necesarios de forma que el alumnado reciba una educación uniforme y puedan ser competentes en todas las regiones. Las pruebas y exámenes serán uniformes en las cuatro regiones. Todos los libros de texto serán igualmente uniformes en las asignaturas básicas y especialidades para todas las regiones. Todas las regiones acorde a los recursos naturales en ellas podrán establecer planes de estudio adicionales destinados a esas particularidades, para su explotación, sin perjuicio de la educación básica nacional. Pendiente. Servicio de apoyo del Fideicomiso de Telecomunicaciones de Cuba para la Educacion enlaces dirigido a nuestros miembros y autodidactas del P.R.C. Enlace 1 Enlace 2 Enlace 3 A la Carta Pendiente
Articulo. 14.0.Siempre que se refiera a la Ley en este texto se entenderá y se citara a la Ley REGLAMENTO DE LA LEY PARA EL ESTABLECIMIENTO Y CONTROL DE LOS FIDEICOMISOS DE SALUD PUBLICA, EDUCACION PUBLICA, TELECOMUNICACIONES & INDUSTRIA ELECTRONICA.
Articulo 15.0.Del Patrimonio del Fideicomiso de Educación.
El patrimonio del fideicomiso bajo su administración y control comprende los siguientes bienes: Todas las universidades y Escuelas Secundarias, Escuelas Primarias actuales y futuros de la nación. Todos los Politécnicos excepto los Politécnicos de Telecomunicaciones y Técnicas Multimedia. Todos los Medios de Transporte destinados al servicio de transporte del alumnado. Todas las Bibliotecas Públicas. Todos los inventarios de medios técnicos y libros de texto de la nación. pendiente. Los ingresos asignados regionalmente por la venta de especial prescripto en (la Ley 999). Todos los demás que le asigne la Asamblea Nacional o la Ley.
Titulo 4.0. FUENTES DE INGRESO.
Articulo 16.0.Las fuentes de ingresos de los fideicomisos se diferencian ligeramente uno de otros y estos se dividen en ingresos básicos y diferenciados. Son ingresos básicos para todos los fideicomisos los derivados de los impuestos pagados por el ciudadano por el servicio particular que brinda el fideicomiso.
Articulo 17.0.Las fuentes de ingresos diferenciados, son los ingresos que recibe el fideicomiso por servicios y productos elaborados e importados o creados por el fideicomiso, estos se diferencian igualmente de un fideicomiso a otro. Todos los fideicomisos pagaran impuestos por los ingresos diferenciados de la forma especificada en el artículo 5.0 de este Reglamento.
Articulo 18.0. Independencia y Autonomía Regional.
Todas las Subdirecciones Regionales, elaboraran en entera independencia su Planes de Estudio Especiales, no así con el Plan de Estudio Nacional. Todas las Subdirecciones Regionales, recibirán su presupuesto general, y lo administraran con entera autonomía. * Todas las Subdirecciones Regionales, establecerán su bases de datos Locales, y estará a disposición nacionalmente, en la cual se archivara toda la información de sus planes de estudios por años. Se establecerá la tarjeta de información personal la cual funcionara como llave de acceso a la historia docente individual de los ciudadanos profesores en casos que la necesiten fuera de la región en que se desee aplicar su método, esta se activara solo con el consentimiento de los profesores que participan en la base de datos. La Escuelas de Magisterio y las cátedras especializada en docencia de universidades, podrá hacer uso de estas bases de datos, solo se mostrara las incidencias relevantes para fines de estudio, y no datos personales. Se protegerá el derecho de autor. Corresponde a las subdirecciones regionales, la de promover a todos los talentos docentes y técnicos especializados de toda la región, para fines de asensos, y contabilidad. Todas las Subdirecciones, elaboraran sus espacios educativos con talentos locales. Estos espacios se radiaran o televisaran acorde al caso, y se enfocaran en la educación de adultos. Ninguna subdirección regional, podrá bloquear los espacios educativos de iguales dentro de sus espacios educativos, ya sean estos locales, nacionales, o internacionales. En ningún sentido o concepto se interpretara el término autonomía en este reglamento como autonomía a dictar leyes, normas, o planes de estudio que no sean aprobados por el consenso, y autorización de la Asamblea Nacional.
Articulo 19.0. Instalaciones de Educación Privada.
El Fideicomiso de Educación, No contempla la Educación PRE-primaria se le permite a la empresa privada y las instituciones religiosas siguientes: Las Instituciones Religiosas podrán fundar escuela PRE-primarias en las que se podrán educar a niños y niñas hasta la edad de cinco años en la que pasaran automáticamente a la Escuela Primaria Publica. Las Regiones deberán contar con el aval de la Asamblea Nacional, para el establecimiento de su autorización y deberán supervisar que todo el personal esta calificado y certificado en el Fideicomiso. No se permitirá la licencia a estas escuelas a perpetuidad, las escuelas deberán cumplir los objetivos de la empresa privada y de satisfacción ciudadana. Renovaran sus licencias con el aval de la ciudadanía. No se permite en una misma licencia operar escuelas en cadena dentro de una misma provincia o municipio. Así como tampoco la licencia podrá extenderse a toda la Nación. No se permite la operación sin desglosar que tipo de educación se realizara y se establecerán las normas de seguridad y protección al alumno necesario y estas estarán supervisadas por la dirección regional y nacional. No se permite fundar estas escuelas de un solo sexo, estas deberán ser para ambos sexos. El Fideicomiso negociara por el ciudadano el costo de esta educación para menores de cinco años, o el ciudadano podrá pedir que durante este periodo se le excluya la proporción de los impuestos destinados a la educación. En ese caso el ciudadano negociara con la escuela privada. *
Articulo 20.0. Requerimiento a la Educación Privada.
La Educación Privada solo estará permitida a la PRE-primaria. Estas podrán hacer contratos a graduados en magisterio que lo deseen, o personas particulares que reúnan los requisitos requeridos y se certifiquen en la autoridad facultad del Fideicomiso. La Educación Privada deberá hacer publica, toda su actividad financiera y declarar todos los alumnos que están bajo la excepción de impuestos de Educación. Los fraudes al Presupuesto del Fideicomiso podrán ser penalizados con la suspensión definitiva de las licencias. Los ciudadanos que sean cómplices de fraudes al Fideicomiso también serán penalizados. Los funcionarios del Fideicomiso que participen en los fraudes del fideicomiso serán separados del fideicomiso.
Articulo 21.0. Presupuesto Regional.
El presupuesto de las Administraciones Fiduciarias Regionales, se efectúa por el consenso de la Junta de Directores, se tomara como base la proporción de los medios, y los ingresos diferidos que aportan las regiones al presupuesto general.
Articulo 22.0. Formación del Presupuesto.
Según lo estipulado en el (articulo 9.0) el presupuesto regional, se formara tomando el ingreso de los impuestos sobre el producto que se le brinda al ciudadano, mas el ingreso diferenciado. Para establecer la proporción del ingreso de los impuestos al ciudadano, se tomara como base el número de personas residentes en la región. La dirección central podrá hacer ajustes necesarios para beneficio de las regiones menos pobladas.
Articulo 23.0.
El ingreso diferenciado, se formara tomando como base los siguientes indicadores: Publicaciones de educación técnicas de utilidad ciudadana. Producciones de videos sobre historia, geografía, medio-ambiente y otras de interés ciudadano. Software de herramientas para el personal docente. Tarifas de productos educacionales nacionales e internacionales. Las dictara la Asamblea Nacional. Tarifas de arrendamientos a la empresa privada de Instalaciones y utilización los soportes del Fideicomiso las dictara al Junta de Dirección Económica del Fideicomiso con el aval de la Asamblea Nacional así como el aporte económico de estos ingresos que formara parte del presupuesto. Los ingresos proporcionales regionales de la venta de (ley 999). Ingresos por los servicios educacionales internacionales contratados por el o al fideicomiso.
Articulo 25.0. Distribución Geográfica.
La creación de nuevos planteles educacionales se efectuara atendiendo a la proyección demográfica. Se velara por el balance en las aulas de manera que el maestro o profesor no este sobrecargado en número de alumnado, sin llegar a los extremos de derroche de presupuesto con aulas de menos de treinta alumnos, en todos los casos posibles se establecerán dos profesores, o maestros en una misma aula. Todo el alumnado desde primaria hasta el preuniversitario, esta en la obligación de utilizar uniforme. En los planteles de enseñanza secundaria, preuniversitaria, politécnicos, y vocacionales, se habilitara en todas sus recepciones una carpeta donde el alumno dejara su licencia de conducir y las llaves de su vehículo si lo tuviere. Esta carpeta la podrá administrar un representante de la Policía de Transito. Pendiente.
Articulo 27.0. Publicidad Limitada.SEREVICIO INTERNO PARA LOS MIEMBROS DEL FIDEICOMISO DE SALUD PUBLICA Cooperacion del FIDEICOMISO DE TELECOMUNICACIONES. Enlace 1. Enlace 2 SALON DE ESPERA EN CONSULTAS
La publicidad de productos de cualquier índole dentro de los planteles educacionales esta totalmente prohibidas.
Articulo 28.0. Derechos del Ciudadano usuario.
El ciudadano usuario, es beneficiario del Fideicomiso como beneficiario debe recibir el mejor trato, y atención educacional. tiene el derecho a que se le imparta las clases y educación en el tiempo estipulado en su horario. Tiene derecho a que se le informe de todos los exámenes y pruebas, así como de la frecuencia y fecha en que se efectuaran. Tiene derecho a que se le informe de los posibles riesgos de no encontrar trabajo en la carrera escojida y en las de mayores posibilidades de éxito acorde a estadisticas del buro de trabajo. Tiene derecho a que se le informe en el reporte anual de todo los costos en que incurren en el curso que se le brindo durante el año. Tiene derecho que antes de cualquier propuesta a aumentos de los costos de los servicios educacionales, se someta a referéndum ciudadano. Tiene derecho a demandar al Fideicomiso, por malos servicios o por daños recibidos en las instalaciones del Fideicomiso o por sus miembros. Estatutos del Fideicomiso de Educación Pública
Articulo 29.0. Junta de Dirección.
La Junta de Dirección, estará constituida por el Ministro de Educación Publica, que fungirá como el Presidente de la Junta Directiva, un Visé-Presidente, con rango de Vise-ministro, y siete Directores de División.
Articulo 30.0. Elección de la Junta Directiva.
Por defecto la Junta Directiva siempre estará Presidida por el Ministro de Educacion Publica, ya que este es el miembro de la Asamblea Nacional que responde directamente al Estado por el Fideicomiso. (nota. Se utiliza el termino por defecto, por la simple razón de que en democracia cualquiera puede ser ministro de cualquier ramo y provocar un desastre, en nuestro caso preferimos que sea una persona que conoce el ramo, así le podemos exigir mejor). Será el Vise-Presidente el Director General de Fideicomiso. Serán los Siete Directores los Superintendentes del Fideicomiso en Cada Región. La Junta se renovara cada cinco años con el derecho a la reelección de los miembros a dos términos máximos y un término de emergencia en el cual podrán participar personas que hayan ejercido con anterioridad y solo se podrán ejercer por un termino máximo de cinco años en este periodo de emergencia.
Articulo 31.0.
La procedencia y promoción de los miembros de la Junta Directiva, y la Superintendencia, siempre se promoverá de entre los miembros de este gremio económico, los cuales promoverán a los miembros de su interés a ocupar el Cargo de Ministro, Vise-ministro y las siete superintendencias. En la elección de estos miembros no existirá discriminación alguna debido a raza, sexo, creencia religiosa, estatus económico, o político. Además este podrá ser técnico medio, especialista, o ingeniero que reúna los requisitos y cualidades para ocupar estos cargos de dirección. Pendiente.
Articulo 32.0.
Los miembros de la Junta Directiva de las Divisiones regionales, todos sus miembros provienen de las provincias y municipios comprendidos en estas regiones. La Junta Directiva Central, se reserva el derecho de promover con carácter provisional a miembros de otras regiones en todo caso que sea necesario en beneficio nacional o de una región en particular, y estas promociones se harán con las sugerencias de la reunión del Consejo Técnico Económico. Pendiente.
Articulo 33.0. Atribuciones del Ministro de Educación.
El Ministro de Educación pública presidirá la Junta Central de Educación y es responsable de la dirección política administrativa de las cuatro regiones, entre sus funciones están las siguientes: Dirigir y supervisar la actividad docente educativa y economía de las cuatro regiones del fideicomiso. Dirigir la Docencia en toda la nación. Distribuir y gestionar el presupuesto para la actividad educacional con el auxilio del Consejo Económico de Educación. Expide las Licencias maestros profesores licenciados nacionales. Autoriza la renta de espacios y localidades patrimonio del Fideicomiso en los casos comprendidos en este Reglamento y Ley. Nombrar a los miembros que fueron electos mediante las elecciones, y su destitución en los casos que contemple este reglamento. El Ministro de Educacion Publica es la única autoridad que puede aprobar y gestionar a través del Fideicomiso de Telecomunicaciones e Industria Electrónica los equipos audio visuales auxiliares. Pendiente.
Articulo 34.0. Atribuciones del Vicepresidente.
El Vicepresidente, tendrá a su cargo las siguientes responsabilidades: El Vicepresidente tendrá La Dirección General Operativa, bajo la dirección y política del Ministro de Educación. La supervisión de las instalaciones del Fideicomiso y sus Directores en todas las redes de escuelas primarias, secundarias, preuniversitarios, y universidades. La Dirección Económica Regionales. La Dirección y supervisión de las Comisiones. Junta Central de Educación.
Articulo 35.0. Comisiones del Fideicomiso.
Se establecen las comisiones especializadas del fideicomiso para el mejor desempeño de la actividad de Educación. Estas comisiones estarán representadas por prominentes especialistas los cuales serán promovidos por consenso e historial docente. Comisión de Ciencias Matemática Básicas. Comisión de Ciencias Matemáticas Aplicadas.* Comisión de Ciencias Químicas. Comisión de Ciencias Físicas. Comisión de Geografía. Comisión de Ciencias de Medio-Ambiente.* Comisión de Historia Universal. * Comisión de Lenguas. * Comisión de Psicología Aplicada. * Comisión de Artes Plásticas. Comisión de Música. Comisión de Literatura Universal. Comisión de Metodologías. * Comisión de Docencia. * Comisión de Ciencias del Hogar. * Comisión de Deporte. Comisión de Estudios Martianos. * Comisión de Educación Cívica. Comisión de Discapacitados*
Articulo 36.0.
La Junta Central de Educación elaborara por el consenso de todas las Comisiones Regionales los planes y materias que se impartirán nacionalmente. Le corresponde a cada Comisión la selección de materias de estudio y elaboración de planes y tiempo que se empleara en cada curso, cada Comisión solo elaborara las materias de su competencia.
Articulo 37.0 Comisiones de nueva creación.
La educación moderna requiere de la incorporación de estudios que se han marginado unas veces por economía, y otras por desconocimiento de su importancia en la sociedad, estas Comisiones serán: Comisión de Ciencias Matemáticas Aplicadas, esta comisión se encargara de elaborar planes de estudio para todos los grados hasta el preuniversitario, las matemáticas aplicadas se enfocaran en los siguientes tópicos: elaboración de un presupuesto familiar, apertura de cuentas bancarias, amortización de pagos de hipotecas, razones económicas de porque se utiliza el uniforme escolar, la razón de pago de impuestos y como interpretarlos, así como detectar los derroches del Gobierno, como hacer una declaración de impuesto. Comisión de Ciencias de Medio-Ambiente. Esta Comisión se encargara de la elaboración de planes de estudio para todos los grados en las siguientes materias: siglos del lluvia, nacimientos y deltas de ríos, formaciones de lagunas, procesos en acueductos, plantas de aguas negras, colectores de basuras sólidas, y orgánicas, zonas marítimas manglares y corales, bosque y jardines botánicos y su importancia, cultivos orgánicos de vegetales y su importancia, en especial se elaborara un plan para la primaria de limpieza de playas por alumnos de primaria y secundaria, elaborar planes de cuidados de animales salvajes aves, peces para las secundarias, elaborar planes de utilización de energías alternativas solar digestores eloica para los preuniversitarios. Elaborar planes de estudio para la primaria de la enseñanza de la importancia de la utilización de la cremación en sustitución de enterramiento y utilización optima de espacios dedicados a estos menesteres. Comisión de Historia Universal, la comisión preparara planes de estudio de historia cubana política por etapas, y historia política universal por etapas, estos planes se evaluaran de forma imparcial reflejando las particularidades, y generalidades de la etapa en que se hagan los cortes. Comisión de Lenguas, esta comisión se encargara de hacer planes de estudio apoyándose de los servicios diplomáticos para la obtención de métodos y invitados para la participación en clase de conversación, se utilizan en particular la Alianza Francesa, La redacción de la BBC en sus cursos de Ingles por radio, igualmente se hará con la radio Alemana, India, Italia, Rusia, y todas las lenguas que tengan demanda ciudadana. Comisión de Psicología Aplicada. La Escuela de Psicología, se encargara de elaborar planes de estudio basados en la insondables fuentes del pensamiento martiano para educar a los jóvenes desde la secundaria en el comportamiento entre géneros, ciudadanía, naturalización doble-ciudadanía, razonamiento de la creación, religión, ética social y política, el valor de la poesía, libertad, así como entendimiento del comportamiento y clasificación e identificación de patologías sicológicas que forman parte del comportamiento social por la influencia de sociedad sobre el individuo, y como ser individual sin perder el sentido colectivo. Respecto a la prostitucion y su valor social, respeto a los homosexuales y el porque no es permitido en la Constitución la legalización del matrimonio. Comisión de Metodologías. La Comisión se encargara de elaborar los folletos de material de clases que se les entregaran a los profesores adjuntos con los libros de textos para la mejor y eficiente utilización del periodo de clases, y viabilizacion del estudio de materias en que el alumnado es difícil mantener su atención. Esta comisión también se encargara de establecer el método de reexaminación uniforme nacionalmente y preparara el team que evalúa los exámenes para aliviar la tarea de maestros, profesores y licenciados además de asegurar la imparcialidad de las evaluaciones, y exámenes. Corresponde también a esta comisión evaluar los cursos interactivos que se publicaran en Intranet con profesores auxiliares. Comisión de Docencia. La Comisión de Docencia, se encargara de impartir y seleccionar los cursos de postgrados, y de habilitar la reserva de profesores, así como de impartir cursos sobre docencia. Comisión de Ciencias del Hogar. La comisión se encargara de elaborar cursos independientes para varones y hembras llevar un hogar eficientes, la relación en pareja, la tolerancia ética en la pareja, la relación económica en la pareja, nene hace lo que ve, curso sobre la autoridad en el hogar de los padres y como educar a los hijos y la relación entre padre y maestros, la relación entre vecinos y la privacidad. Estos cursos se incorporan a la escuela secundaria y preuniversitaria, se evalúan en clase y no en la puntuación. Comisión de Estudios Martianos. La Comisión, se encargara de elaborar todos los cursos de todo el pensamiento Martiano, su vida y su obra su relación con los demás próceres de la gesta de independencia, de igual forma hará con todos nuestros próceres y quienes forjaron sus caracteres. Se establecerán puntos de coincidencia entre nuestros próceres y próceres de otras naciones, a estos cursos se invitaran también a alumnos de otras naciones para que debatan con nuestros alumnos. Comisión de Educación Cívica. La Comisión se encargara de elaborar los planes de estudio sobre la importancia de la participación de los alumnos de primaria en las elecciones Presidenciales y todos los sufragios, la importancia de la participación y voto de la ciudadanía para el mantenimiento de la Democracia, y su participación en la formación de leyes. Se establecerán cursos sobre Derechos Humanos. Comisión de Discapacitados. La Comisión se encargara de la adquisición de todo el equipamiento tecnológico de computación para débiles visuales, y parapléjicos al alcance, así de habilitar estos en todos los planteles, o en su defecto se creara un centro especializado en beneficio de este sector de la ciudadanía. Comisión de Música. La Comisión, establecerá los contactos necesarios con las escuelas de artes, para la adquisición de personal profesional en la enseñanza de la música, así como se organizara con las Casas de Cultura, visitas programadas para el alumnado. Comisión de Artes Plásticas. La Comisión, establecerá los contactos con las escuelas de arte plásticas, y se crearan cursos dirigidos por profesionales de estas artes, incluyendo la fotografía. Esta comisión deberá también establecer, un equipo de captación de valores vocacionales, para incentivar a aquellos alumnos y su orientación para ingresar en la escuela de arte.
Articulo 38.0.
Los miembros de estas comisiones serán convocados por el Vicepresidente del Fideicomiso para el establecimiento de normas y procedimientos de forma dinámica e independiente acorde a las circunstancias de las consultas sobre asuntos y establecimiento de presupuestos. Los miembros de estas comisiones serán llamados por los Directores Regionales de igual forma para el establecimiento de normas y procedimientos en lo relativo a los servicios que se brindan a la ciudadanía, así como ajustes necesarios en cualquiera de las regiones, provincias o municipios. Los miembros de las comisiones podrán ser citados para el esclarecimiento de asuntos relacionados a cualquier reclamación legal contra el fideicomiso o sus miembros que hayan incurrido en malas prácticas u otro tipo de denuncia por los Directores Regionales. Le corresponde a los miembros de las Comisiones la evaluación del personal dentro de la especialidad de la comisión, su promoción y su penalización correctiva, sin perjuicio de las medidas legales que dicte el Tribunal Civil competente. Corresponde a los miembros de las Comisiones el de informar e incluir en los currículos o planes de estudio las materias que deben añadirse a estos. Pendiente.
Articulo 40.0. Atribución de los Siete Directores Regionales.
Siete son los Consejos Municipales Provinciales en cuyos consejos se agrupan dos provincias, les corresponde a los Directores Regionales las siguientes atribuciones: Nombrar a los especialistas, maestros, y profesionales del ramo que participaran en los Foros de la UNESCO y otros foros internacionales que pertenecen a su región. Nombrar y destituir a los miembros de las Comisiones, estos nombramientos y destituciones se harán por el consenso regional. Participar en el Consejo Económico para la toma de decisiones de su región con el auxilio de la Dirección de Economía Regional. Supervisar por que se cumpla la política de empleo con estricto apego a la Ley. Supervisar e informar de los avances de la Región a sus superiores. Gestionar con el Gobierno Municipal, la atención y mantenimiento de las instalaciones de Educacion en cualquiera de los municipios bajo su competencia. Establecer los funcionarios que recibirán los suministros asignados por la Asamblea Nacional por concepto de productos agrícolas destinados a los planteles . Organizar las redes de distribución de los servicios de alimentación del personaly alumnado en los planteles educacionales . Establecer las normas y procedimientos de destrucción de desechos biológicos, y sanitarios de Planteles de Educacion y laboratorios. Establecer las normas y procedimientos de turnos de servicio limpieza y mantenimiento de planteles .
Articulo 41.0. Atribuciones de los miembros de la Comisiones.
Serán atribuciones y derechos de los miembros de las Comisiones las siguientes: Dirigir las Administraciones de primaria, secundaria, preuniversitarios, politécnicos y universidades en conceptos de normas y procedimientos en los servicios que estos brindan al ciudadano. Hacer las recomendaciones y nombrar a los Directores de escuelas primarias, secundarias, preuniversitarios, y universidades. Establecer las normas y procedimientos de los todos los centros de estudio. Dirigir conferencias, y cursos de postgrados en todos los planteles de estudio . Así como establecer los periodos para el desarrollo de estos y nombramiento de sustitutos de los miembros que participan por el periodo de duración de estos cursos. Participar profesionalmente en sus especialidades y brindar sus servicios educacionales a la ciudadanía. Derechos de los Miembros de las Comisiones. Limitar su participación en reuniones a dos veces al año. Establecer su periodo de servicio a la ciudadanía en armonía con sus funciones y responsabilidades, sin perjuicio de sus intereses profesionales en la docencia. Todos tienen derecho a apelación ante despidos y destitución de sus cargos dentro del periodo para el cual fueron nombrados.
Articulo 42.0. Consejo Económico .
Los Servicios Educacionales y las Funciones Económicas no están en pugna en el Fideicomiso. La Educacion es derechos de todos los ciudadanos, no privilegios de unos pocos, por lo cual garantizar que la actividad económica y bienes puestos bajo la administración del Fideicomiso son una tarea de todos, los miembros fideicomisarios y los beneficiarios.
Articulo 43.0.
El Consejo Económico de Educacion estará compuestos por Licenciados en Economía especializados en Servicios Educacionales contratados por el Fideicomiso. El Consejo Económico de Educacion, estará conformado por las Direcciones Económicas Regionales y la Central. Sus funciones y atribuciones son las siguientes: Controlar los Salarios de la Plantilla nacional, y regional. Establecer el pago de salarios y periodos de vacaciones, enfermedad, y pensiones de retiros. Controlar la Caja de Retiro Independiente con estricto apego a la Ley. Controlar los gastos de utensilios y suministros educacionaless. Controlar los gastos de equipos audiovisuales, libros, otros y conciliar los gastos nacionales. Reducir al máximo los formularios y optimización de los sistemas de datos económicos con el auxilio del Fideicomiso de Telecomunicaciones y su departamento de informática. Hacer las recomendaciones y sugerencias sobre gastos a todos las escuelas y politecnicos individualmente. Conciliar los planes de educacion, propuestos por las Comisiones y reflejar los costos por renglones y los ajustes que hayan que hacer para mantener los presupuestos en control. Vigilar y controlar los costos y gastos de mantenimientos planificados a las instalaciones de educacion. Ajustar y actualizar los presupuestos de nominas debidos a aumentos por promoción, nuevos ingresos, y otros gastos colaterales. Establecer las normas y procedimientos de expedición de informes semestrales, y anuales al Ministro de Educacion Publica. Controlar y verificar la facturación de todo gasto agua, electricidad, telefono y otros suministros Educacion. Verificar, controlar, e informar los pagos de patentes, derechos de autor que haga el fideicomiso, a nivel nacional. Controlar los ingresos por renta a la industria privada de instalaciones, e informar al Ministro de anomalías y moras. Establecer los periodos de pago a la Renta Interna Nacional, y hacer las debidas deducciones establecidas en este Reglamento. Otras Funciones que le asigne la Dirección del Fideicomiso. Responder al Ministerio Fiscal cualquier reporte o información solicitada la cual se hará a través del Ministro de Educacion. Preparar los informes de las gestiones económicas y gastos efectuados por Servicios prestados al ciudadano para la rendición de cuentas. Hacer las auditorias en todos los planteles del fideicomiso.
Articulo 44.0. Direcciones Económicas Regionales.
Las Direcciones Económicas Regionales, son los órganos operativos de base del Consejo Económico de educacion, como tales ejecutan todo el trabajo primario básico en sus regiones. Todo el personal deberá ser contratado en las provincias, y municipios de la región y cumplir con los requisitos necesarios para las funciones.
Articulo 45.0 Escuela de Psicología.
La Escuela de psicología, brinda servicios en el Fideicomiso y esta contemplada en el presupuesto sus funciones se extienden al Fideicomiso de Educación, y los centros de rehabilitación psicológica y psiquiacriatia, así como a los asilos de ancianos. A la Escuela de Psicología le corresponde una tarea vital de evaluar periodicamente el personal de educacion . Funciones de terapéutica mental en consultas en todos los planteles educacionales al alumnado Identificación de abusos, ya sean estos debido a profesores u alumnos. Planes de estudio de concienciar la igualdad entre géneros tomando como base el pensamiento Martiano. Desarrollo de planes de reconocimiento de la mujer como parte imprescindible de nuestra sociedad e identificación y erradicación de vicios sociales y perjuicios sobre la participación de la mujer en la política, la educación, y los negocios.
Articulo 46.0. Reglamento de las Reuniones Regionales de Educacion.
La Educacion es una actividad que requiere de esfuerzo constante por parte del personal que participa en la atención al ALUMNADO , en nuestro caso (el beneficiario y dueño del Fideicomiso, además paga el servicio). Por lo cual el personal que participa en la actividad directa al ALUMNADO tiene limitado el tiempo de participación en estas reuniones, y mayormente se destinan a las de impartir las normas de procedimiento. No así el personal de dirección y administración económica que se reunirá cada seis meses para la evaluación de los indicadores de los servicios, y ajustes o planeamiento de presupuestos.
Articulo 47.0. Reunión de evaluación.
Composición de las reuniones regionales estarán integradas, por los miembros de las Comisiones relacionadas con los asuntos a tratar en el orden del día. a. Todas las Regiones comenzarán las sesiones todas los 30 de Junio de cada año, se habrá de establecer las comunicaciones a los participantes el 15 de Junio de cada año. b. Acorde al orden del día, se habrá citado a esta reunión a los miembros de las Comisiones, Directores, de los Planteles que hayan presentado dificultades, o quejas en sus servicios. c. Las Comisiones sesionaran por el orden que se fije de mutuo acuerdo en la Región. d. Pendiente.
Articulo 48.0.Orden del Día. El Director Regional, fungirá como Presidente y fijara el orden del día de las reuniones y la temática que se tratara.
Articulo 49.0. Forma que revisten las decisiones de las reuniones.
Salvo indicaciones concretas de la Junta Directiva, las reuniones regionales revestirán la forma de resoluciones sobre cuestiones relacionadas con el (los) puntos del orden del día, de conclusiones o de informes sobre el (los) punto(s) del orden del día con el fin de facilitar el intercambio de opiniones sobre las cuestiones sometidas a la reunión. El miembro al frente de la Comisión, remitirá el informe de manera que los interesados lo reciban quince días anteriores, por lo menos de la apertura de la reunión semestral y tres meses anteriores de la reunión anual en el caso de reuniones anuales. Las reuniones anuales, sobre asuntos pendientes evaluativos o correctivos tratados en las reuniones semestrales, deberán ser conclusivas y definitivas para la corrección del asunto. De persistir el asunto a los que se refieren el inciso (b), la Junta Directiva podrá tomar la decisión propia que estime conveniente para corregir el problema, incluyendo la destitución, traslado de miembros u otras que considere apropiada. Las conclusiones, medidas tomadas en estas se enviaran al Ministro de Educacion , el cual deberá hacer su informe a la Asamblea Nacional, en el periodo correspondiente. En todo periodo de sesiones de las reuniones regionales, se deberán al menos examinar todas las Comisiones o al menos las mas significativas, y aquellas que presenten dificultades.
Articulo 50.0. Mesa de la Reunión.
Cada reunión regional elegirá una Mesa compuesta de un Presidente y tres vocales. La reunión elegirá a los vocales de acuerdo a la especialidad de que se tratare el asunto a resolver y uno de ellos deberá ser el que maneje la actividad económica. Pendiente.
Articulo 51.0. Procedimiento de la Mesa.
El Presidente se encargara de abrir y levantar las sesiones, dar cuenta a la reunión de las comunicaciones que le conciernan, dirigir los debates, mantener el orden, velar por el cumplimiento del presente reglamento, plantear las cuestiones que requieran decisiones y proclamar los resultados de toda votación a los acuerdos. El Presidente no podrá tomar parte en los debates ni en votaciones, pero podrá designar un delegado suplente, de conformidad con las disposiciones del presente reglamento. En ausencia del Presidente, durante una sesión o parte de una sesión, cualquiera de los vocales lo sustituirá por turnos. Cuando sustituyan estos al Presidente, el Vocal tendrá los mismos derechos y deberes que aquel. La Mesa de las reuniones se encargara de establecer su programa de trabajo, así como de fijar la fecha y hora de las sesiones de las reuniones y de sus órganos subsidiarios, si los hubiere para consultas, comunicara asimismo a la reunión cualquier cuestión que requiera decisión para el debido desarrollo de las labores. En toda reunión se citara a los Delegados de Circunscripciones que presenten dificultades, así como en todas aquellas en que se trate el Presupuesto del año siguiente.
Articulo 52.0. Comisión de Verificación.
Cada región constituirá una Comisión de Verificación de poderes y cualquier otro órgano que considere conveniente. Todo órgano subsidiario así creado habrá de regirse, Mutais Mutandis, por el reglamento aplicable a la reunión.
Articulo 53.0. Verificación de Poderes.
Los Poderes de los Delegados y de los Consejeros Técnicos de la Comisión de Verificación Regionales se reunirán en las Oficinas de Salud Regionales por lo menos quince días anteriores a la fecha fijada para la apertura de las reuniones, para el estudio preliminar de los asuntos a tratar y la verificación de los miembros que fungirán en las Comisiones para la determinación de que todo esta en orden, de no estarlo deberán informar a las Comisiones tres días anteriores a la fecha fijada para el comienzo de las sesiones y estas deberán hacer las correcciones necesarias. La Comisión de Verificación, revisara y todas las resoluciones, acuerdos y medidas a tomar acordadas en cada sesión inmediatamente que estas se expiden en las sesiones todas las verificaciones que conlleven sugerencias y modificaciones se retornaran al Presidente de dicha reunión para que tome las medidas pertinentes. En casos necesarios el Presidente de la Mesa que trato el asunto, podrá comunicar que continuaran con las medidas o que se convocara a la Comisión que corresponda la corrección. Todas las sugerencias, que se elaboren por la Comisión de Verificación deberán enviarse al Ministro de Educacion. La Comisión de Verificación de Poderes no administrara quejas o informes si estos fueren anónimos, o si los hechos o alegaciones no se ajustan a los asuntos tratados en la reunión.
Articulo 54.0. Derecho al uso de la palabra.
Ningún miembro en la reunión podrá hacer uso de la palabra sin haber pedido permiso y obtenido este del Presidente, quien concederá normalmente el uso de la palabra a los miembros participantes en el mismo orden en que la hayan solicitado. Si hubiere algún miembro de la Dirección Central este podrá hacer uso de la palabra previa autorización del Presidente. Si hubiese algún Delegado de Circunscripción Municipal, este podrá hacer uso de la palabra previa autorización del Presidente. Las personas con derecho a participar en la reunión en virtud del orden del día, así como los miembros acreditados de las Comisiones que se convoquen, podrán hacer uso de la palabra en el transcurso de cualquier discusión en sesión plenaria, previa autorización del Presidente.
Articulo 55.0. Votación y Quórum.
a. En concordancia a lo dispuesto en el articulo ( ) cada delegado miembro de una Comisión podrá ejercer de manera individual su derecho a voto respecto de todas las cuestiones sometidas en la reunión. b. pendiente. En caso de que uno de los miembros Presidente, o Vise-presidente en sustitución no hubiere designado a un delegado, el otro miembro podra hacer uso del voto en la reunión. Siempre que sea posible, las decisiones se adoptaran por consenso. En los casos en que la falta de consenso haya sido debidamente comprobada y declarada por el Presidente, las decisiones se adoptaran por mayoría simple de los votos emitidos por los miembros presentes en la sesión y con derecho a voto. Como general, la votación se considera nula si el número total de votos a favor y en contra es inferior a la mitad del número de miembros en la reunión con derecho a voto. El resultado de la votación será registrado, por el miembro que funja como secretario y proclamado por el Presidente. No se adoptara ninguna resolución, conclusión, informe, enmienda o moción que haya recibido igual número a favor y en contra. Pendiente.
Articulo 56.0. Secretaria del Consejo Técnico Económico.
a La Secretaria Radica en la Ciudad de la Habana, y sus Subsecretarias en las cabeceras de provincias FIDEICOMISO SALUD PUBLICA SALUD PÚBLICA
Fiduciarios Operativos, todo el personal Medico e Técnico e ingenieros que laboran por el tiempo que especifican sus contratos laborales, y sus sucesores por igual tiempo. pendiente Fiduciante o beneficiario. Serán todos los ciudadanos de la nación presente y futura, los que conservan el derecho a revocación bajo ciertas limitaciones del mandato tanto del Fideicomisario Nacional, como de los Vise-Fideicomisarios Directores Regionales Derecho Perpetuo. Los ciudadanos, presentes y futuros mantienen el derecho perpetuo sobre los hospitales, policlínicos, laboratorios e industria farmacéutica y centros de investigación destinados a la salud humana, animal, y vegetal. Así como no se podrá modificar, abolir, ningún derecho establecido en este reglamento, sin que se efectué un sufragio nacional, en el cual se especifique que modificaciones se efectuaran en estos Fideicomisos.
Mantener y modernizar todos los bienes y recursos puestos bajo su administración. Mantener la diversidad en el servicio nacional, y regional en igualdad de derechos para las regiones, y añadir a la salud lo mejor de las técnicas medicas foráneas, sin perjuicio de la nacional. Vigilar y proteger la salud individual y colectiva de las poblaciones en todas las regiones, y vigilar porque las normas de epidemiología en aduanas se cumplan con estricto apego a la ley y las normas. Proteger los espacios y frecuencias de espectro radio eléctrico, y espacios en la Web internacional, y nacional destinados a la modernización de la medicina y la educación de salud para lo cual se auxiliara del fideicomiso de telecomunicaciones. Mantener la calidad de los servicios y la satisfacción de nuestros ciudadanos en todos los productos que este fideicomiso les brinda. Rendir a la ciudadanía cuentas de toda gestión económica, y social del fideicomiso. Proteger a los médicos, obreros, técnicos, ingenieros y otros profesionales que laboran en el fideicomiso, bajo las reglas que en este reglamento se especifican. Promover a todos los talentos medico, técnico de salud regionales, con igualdad participativa en todas las regiones en que esta constituido. Proteger la privacidad de los pacientes, sin dejar de informar debidamente a los familiares inmediatos de toda información en beneficio del paciente. Proteger la libertad de expresión religiosa que solo estará limitada a los derechos y deberes de estas en la Constitución de la Republica. Proteger el derecho económico regional de los ingresos por prestación de servicios médicos internacionales bajo convenio con el fideicomiso. Proteger el Derecho del ciudadano a mejorar asuntos de interés ciudadano en los servicios, a través de los municipios. Establecer los mecanismos de cobro de servicios intermunicipales de la medicina en coordinación con los gobiernos municipales. Vigilar y mantener la transparencia financiera, y combate a la corrupción al más alto nivel. Establecer los mecanismos de superación continua de todo el personal de la salud.
Solo los médicos y técnicos medios, e ingenieros de la Salud del Fideicomiso podrán asistir y representar a la Republica de Cuba ante la Organización Mundial de la Salud (OMS), así como otros foros relacionados a esta. Las representaciones en esta organización y otras del ramo se seleccionaran con la participación de todos los médicos, técnicos e ingenieros de la nación. Su renovación se efectuara cada cinco años, y se observara la debida participación de las cuatro regiones del fideicomiso. Todos los médicos, especialistas, técnicos e ingenieros del Fideicomiso de Salud de la nación tendrán acceso a todas las informaciones y resoluciones, acuerdos, tratados, y reuniones que se efectúen en la OMS y otros foros del ramo, para lo cual se otorgaran las respectivas credenciales, de acceso a estas. Pendiente.
El Departamento de patentes y derecho de autor, tiene como función fundamental la protección de toda invención patentable y no patentable, de todos los médicos, especialistas, técnicos, ingenieros y profesionales del Fideicomiso, colectiva e independientemente nacional e internacional. Todo médicos, especialistas, técnico, ingeniero, y profesional, esta en pleno derecho de defender sus patente individuales, o colectivas de sus homólogos en el fideicomiso, nacional, o internacionalmente, para lo cual esta investido de plena autoridad como fideicomisario por la Republica de Cuba. Para el ejercicio de este derecho deberá portar la debida identificación cuya fotografía y firma aparecen en esta identificación expedidas por el Ministerio de Salud Publica de Cuba. Ninguna persona ajena al Fideicomiso de Salud & Industria Farmacéutica podrá atribuirse este derecho. Los médicos, especialista, técnicos e ingenieros miembros de ANIR que conforman la Junta de Dirección Desarrollo de la Medicina, están autorizados a la gestión y protección de los derechos de patentes y derecho de autor nacional e internacional. El Ministerio de Justicia les proveerá de un numero abogados determinado por región especializados en patentes y derecho de autor para la defensa internacional de estos derechos.
El Fideicomiso de Salud & Industria Farmacéutica, paga impuestos a la renta interna y se pagaran en las siguientes condiciones: Después de deducir todos los gastos de modernización, y mantenimiento de inmuebles se procederá a deducir los siguientes incisos a continuación. Deposito en la Caja de Retiro Medico. Pago de royalties de innovaciones y racionalizaciones que el Fideicomiso haya comprado sus derechos. El Fideicomiso de acuerdo a las sugerencias, de la Junta de Directores podrá hacer también las deducciones de reducción de tarifas de servicio al usuario o ciudadanía. Las donaciones monetarias, equipamiento, instrumentos, y material medico por la empresa privada nacional o internacional que reciba el Fideicomiso estarán exentas de impuestos, sin embargo la donación podrá ser deducida de los impuestos por los donantes en sus declaración presentando su correspondiente recibo que le otorgara el fideicomiso. Efectuadas las deducciones en los incisos (a, b, c, d) del (articulo 5.0.) Se procederá a pagar los impuestos al Servicio de Renta Interna.
b. Ganancia a las ventas de videocasetes, y casetes de audio, CD y DVDs educativos docentes y no docentes de (pendiente) durante los primeros cinco años. c. Ganancia a los ventas de medicamentos nacionales de (pendiente) durante los primeros cinco años. d. Ganancias a las ventas de medicamentos internacionales de (pendiente) durante los primeros cinco años. Los impuestos después de transcurridos los cinco años a partir del establecimiento de esta Constitución podrán ser modificados, para poder hacer incrementos se deberá establecer la consulta a la ciudadanía.
Articulo 8.0. Del Patrimonio del Fideicomiso de Salud. El patrimonio del fideicomiso bajo su administración y control comprende los siguientes bienes: Todos los hospitales y policlínicos actuales y futuros de la nación. Todos los laboratorios clínicos y de investigación de la nación. Todos los planteles destinados a la educación de las medicinas presentes y futuras. Todos los Medios de Transporte destinados al servicio urgencia y de mantenimiento. La Escuela de Odontología y todas las instalaciones odontológicas de la nación. Todos los inventarios de medios técnicos y medicamentos de la nación. pendiente. Los ingresos asignados regionalmente por la venta de gofio previsto en la (Ley 999).
Articulo 10.0. Titulo 3.0. DIVISION ADMINISTRATIVA FIDUCIARIA REGIONAL.
La División Administrativa fiduciaria Regional, no es nada nuevo, la Organización de Naciones Unidas la tiene implementada como otro de sus instrumentos Jurídicos, así como tampoco es nuevo el método y principios de manejo y control de la economía por regiones que se establecen en esta Constitución, de hecho todos los ejércitos e instituciones que se respetan lo aplican, entrar en detalles seria poco beneficioso para el ciudadano común, sin embargo como sabemos que entre comunes hay excepciones les damos la referencia en caso de que deseen ampliar su conocimiento e entendimiento de el porque se hace.( Ref. Jack Strickland May-June 1989 issue of Army Research, Development & Acquisition Bulletin).
El territorio de la Republica de Cuba, se fragmenta en la División Política Administrativa, con el solo objeto de buscar la mayor participación y representación en los Órganos de Gobierno, no así en la División Económica Regional, en esta se reagrupan las provincias y sus municipios para el mejor planeamiento del desarrollo económico sostenible y mejor planeamiento y distribución de los recursos del Estado y su presupuesto, los fideicomisos se ajustan a esta división, para el establecimiento de la División Administrativa Fiduciaria Regional.
Corresponderán a las siguientes regiones económicas los siguientes límites provincias y sus municipios: Región 1.Provincias: Pinar del Rió, Ciudad Habana, La Habana y Matanzas Prefectura Marítima Sur. Región 2. Provincias: Villa Clara, Cienfuegos, Santi Spiritus, Ciego de Avilas. Región 3. Provincias: Camaguey, Las Tunas, Holguín, Prefectura Marítima Norte. Región 4. Provincias: Yara, Santiago de Cuba, Guantánamo.
Todas las Subdirecciones Regionales, elaboraran en entera independencia su servicio local, e incluirán los servicios nacionales y los que se brindan en las regiones colindantes. Todas las Subdirecciones Regionales, recibirán su presupuesto general, y lo administraran con entera autonomía. * Todas las Subdirecciones Regionales, establecerán su bases de datos Locales, y estará a disposición nacionalmente, en la cual se archivara toda la información de sus pacientes por años. Se establecerá la tarjeta de información personal la cual funcionara como llave de acceso a la historia clínica individual del ciudadano en casos que la necesite fuera de la región en que se atiende. La Escuelas de Medicina y las cátedras medicas de universidades, podrá hacer uso de estas bases de datos, solo se mostrara las incidencias relevantes para fines de estudio, y no datos personales. Corresponde a las subdirecciones regionales, la de promover a todos los talentos médicos y técnicos especializados de toda la región, para fines de asensos, y contabilidad. Todas las Subdirecciones, elaboraran sus espacios educativos con talentos locales. Estos espacios se radiaran o televisaran acorde al caso, y se enfocaran en la educación sexual, maternidad y recomendaciones de dietas alimenticias, cuidados que debe observar el diabético. Ninguna subdirección regional, podrá bloquear los espacios educativos de iguales dentro de sus espacios educativos, ya sean estos locales, nacionales, o internacionales. Pendiente.
El Fideicomiso de Salud, se le permite rentar instalaciones de investigación y laboratorios biotécnicos de las formas siguientes: Las instalaciones que se renten a la industria privada farmacéutica estarán supervisadas por la Dirección Regional. Las Regiones deberán contar con el aval de la Asamblea Nacional, para el establecimiento de contratos. No se permitirá la licencia a utilización de estas instalaciones a perpetuidad, las instalaciones deberán cumplir los objetivos de la empresa y de satisfacción ciudadana. No se permite en una misma licencia operar instalaciones en cadena dentro de una misma provincia. Así como tampoco la licencia podrá extenderse a toda la Nación. No se permite la operación sin desglosar que tipo de producto o investigación se realizara y se establecerán las normas de seguridad necesaria y estas estarán supervisadas por la dirección regional y nacional. No se permite arrendar espacios para consultas privadas de médicos nacionales o extranjeros. * Los hospitales regionales tendrán consultas abiertas para tratar a ciudadanos extranjeros en especialidades en estas consultas todos los médicos de la región podrán brindar sus servicios privadamente estas consultas serán controladas por la Dirección del Hospital. La Red de Policlínicos regionales tendrá consultas abierta para tratar a ciudadanos extranjeros en estas consultas todos los médicos de la región podrán brindar sus servicios de medicina general privadamente. Estas consultas serán controladas por la dirección del policlínico. Los médicos, enfermeras, y otros técnicos que brindan sus servicios privadamente, solo podrán brindar estos servicios un día a la semana de cada mes o lo que es igual cuatro días mensuales.
La empresa privada de farmacopea y biotecnológica, podrá contratar a través del fideicomiso, el personal necesario para investigación, elaboración o producción de técnicos, científicos y otros. Solo podrán contratar personal técnico cubano. Este personal se contratara a través del Fideicomiso de Salud Publica. Las empresas Privadas podrán establecer sus sistemas contables e investigación en cualquier lengua siempre que se entregue una copia también en idioma español, adjunta a la lengua de origen. No les esta permitido a las industrias, laboratorios privados de Farmacológica, y biotecnología brindar servicios a ciudadano alguno en el territorio.
El presupuesto de las Administraciones Fiduciarias Regionales, se efectúa por el consenso de la Junta de Directores, se tomara como base la proporción de los medios, y los ingresos diferidos que aportan las regiones al presupuesto general.
Según lo estipulado en el (articulo 9.0) el presupuesto regional, se formara tomando el ingreso de los impuestos sobre el producto que se le brinda al ciudadano, mas el ingreso diferenciado. Para establecer la proporción del ingreso de los impuestos al ciudadano, se tomara como base el número de personas residentes en la región. La dirección central podrá hacer ajustes necesarios para beneficio de las regiones menos pobladas.
Ventas al por mayor a la red de distribución privada de equipos auxiliares médicos electrodomésticos de producción nacional, o importados. Producciones de videos sobre dietas alimenticias, cuidados al diabético, menopausia y otra educacional de interés ciudadano. Software de herramientas para el personal medico. Tarifas de productos farmacéuticos y medicamentos nacionales e internacionales. Las dictara la Asamblea Nacional. Tarifas de arrendamientos a la empresa privada de Instalaciones y utilización los soportes del Fideicomiso las dictara al Junta de Dirección Económica del Fideicomiso con el aval de la Asamblea Nacional así como el aporte económico de estos ingresos que formara parte del presupuesto. Las escalas salariales del personal que contrata la empresa farmacéutica y biotecnología será libre entre el personal contratado y la empresa. No se computa en la formación del presupuesto Los ingresos proporcionales regionales de la venta de (ley 999). Ingresos por los servicios médicos internacionales contratados por el fideicomiso. Los cargos por gastos de instalación, equipamiento, y seguros de malas prácticas médicas, a los médicos, y técnicos de la salud que brindan servicios privados en las instalaciones del Fideicomiso.
Servicios de Medicina General Clínica y especialistas. Servicios de maternidad y pediatría. Servicios Odontológicos, prótesis e implantes dentales. Servicios Oftalmológicos clínicos y quirúrgicos. Servicios Ortopédicos clínicos y quirúrgicos, prótesis e implantes. Garganta, Nariz y Oido Servicios dietas alimenticias y educación. Medicamentos, y accesorios para personas discapacitadas. Medicamento y seguimiento evaluativo.
Los servicios comprendidos en el artículo 21 y sus incisos así como medicamentos están cubiertos por el pago en los impuestos. Las prótesis e implantes se cubren igualmente aunque se integrara al presupuesto los casos de accidentes involuntarios de accidentes de trafico, parte de los ingresos de los seguros de automóviles. Las Regiones deberán incluir para la adquisición de estos ingresos los reportes de transito y casos tratados. Sin la certificación de la Policía Nacional de los reportes no se adjudican recursos. Los espejuelos y lentes de contacto, solo se prestara el servicio de un modelo básico, o la receta para la adquisición en la empresa privada. Las prótesis de piernas brazos se encuentran comprendidos en el fideicomiso y a cargo de la industria médica nacional.
La Farmacia, estará administrada por graduados en farmacia cada región tendrá una representación que participara en la Junta Directiva de Presupuesto.
Una Junta Medica determinara que medicamentos se podrán vender sin recetas en todas las farmacias. Diez días anteriores al vencimiento de las facturas de medicamentos recetados se enviaran a los proveedores los listados de todos los medicamentos que se deben enviar a las farmacias. (data del Hospital o policlínico). Las Farmacias podrán tener un inventario de 10% por encima de la norma para evitar atrasos en las entregas en los medicamentos mas usado. El paciente podrá obtener sus medicinas en cualquier región o situación geográfica en que se encuentre utilizando su tarjeta de identificación.
Las Farmacias estarán distribuidas geográficamente convenientes a cada municipio. Sean totalmente privadas o compartidas con el Fideicomiso. En ambos caso siempre el Fideicomiso regula la actividad. Todas las farmacias podrán vender además de medicamentos todo tipo de mercancía relacionada o no con medicamento, en todos los en que la farmacia sean compartidas con el fideicomiso en estos casos será necesario el desglose de mercancías ajenas a medicamento para el informe de presupuesto de farmacia. Las farmacias que brindan servicios al fideicomiso, son responsables judicialmente en casos de fraudes al Fideicomiso, y la sanción podrá comprender el retiro de la licencia además de la sanción que determine el Tribunal competente. La farmacia deberá al menos tener un Doctor en Farmacia, sea privada o compartida con el fideicomiso, este doctor en farmacia estará acreditado por el fideicomiso para hacer prescripciones de medicamentos. La junta que establece los medicamentos que se pueden vender sin recetas elaborara las normas a seguir. Todas las Farmacias, tendrán habilitadas una línea caliente con los cuerpos de guardia de los hospitales y policlínicos en los casos de consultas que deseen hacer los doctores en farmacia, y los médicos de guardia en hospitales y policlínicos. Para estos menesteres se auxiliaran del Fideicomiso de Telecomunicaciones.
La publicidad no solo vende, sino enferma por lo cual están limitados los espacios publicitarios, y se prohíben los siguientes: No se prohíbe los anuncios de tabacos, ni cigarrillos, somos productores de tabaco, y de este se beneficia el fideicomiso, se limitan en los bloques publicitarias a 30 segundos y no mas de tres veces en 24 horas. No se prohíbe, sino se limitan las publicidades de comidas chatarras solo corresponde al fideicomiso educar a la ciudadanía a través del Departamento de dietas y alimentación esta publicidad esta limitada no más de un minuto en bloques publicitarios y no más de tres veces en 24 horas. Se prohíbe la publicidad de servicios médicos de todo tipo. La programación de educación sanitaria estará destinada a: a. Dirigida a la sexualidad en especial a la juventud. b. Cuidados a la diabetes. c. Maternidad. d. Como hacer el mejor uso de los recursos del Fideicomiso. e. Descripción de los efectos secundarios de los medicamentos y cuidados al utilizarlos, así como hacer uso eficiente de las recetas solo utilizar las necesarias pues no les faltaran y reducen los inventarios innecesarios. f. El Fideicomiso no tendrá habilitado la publicidad de sintomatologías de enfermedades ni tampoco la publicidad de especialistas o medico alguno. g. La publicidad de servicios médicos privados se podrá contratar el el fideicomiso para efectuar esta en el Web Internacional.
El ciudadano usuario, es beneficiario del Fideicomiso como beneficiario debe recibir el mejor trato, y atención medica. tiene el derecho a que se le atienda en el tiempo estipulado en su consulta. Tiene derecho a que se le informe de todos los riesgos que conlleva su tratamiento. Tiene derecho a que a pesar de los posibles riesgos se le garantice las mayores posibilidades de éxito. Tiene derecho a que se le informe en el reporte anual de todo los costos en que incurrió el tratamiento que se le brindo durante el año. Tiene derecho que antes de cualquier propuesta a aumentos de los costos de los servicios médicos, se someta a referéndum ciudadano. Tiene derecho a demandar al Fideicomiso, por malos servicios o por daños recibidos en las instalaciones del Fideicomiso o por sus miembros. Estatutos del Fideicomiso de Salud Pública
La Junta de Dirección, estará constituida por el Ministro de Salud publica, que fungirá como el Presidente de la Junta Directiva, un Vise-Presidente, con rango de Vise-ministro, y siete Directores de División.
Por defecto la Junta Directiva siempre estará Presidida por el Ministro de Salud Publica, ya que este es el miembro de la Asamblea Nacional que responde directamente al Estado por el Fideicomiso. (nota. Se utiliza el termino por defecto, por la simple razón de que en democracia cualquiera puede ser ministro de cualquier ramo y provocar un desastre, en nuestro caso preferimos que sea una persona que conoce el ramo, así le podemos exigir mejor). Será el Vise-Presidente el Director General de Fideicomiso. Serán los Siete Directores los Superintendentes del Fideicomiso en Cada Región. La Junta se renovara cada cinco años con el derecho a la reelección de los miembros a dos términos máximos y un término de emergencia en el cual podrán participar personas que hayan ejercido con anterioridad y solo se podrán ejercer por un termino máximo de cinco años en este periodo de emergencia.
Pendiente.
Pendiente.
Dirigir y supervisar la actividad técnica médica y economía de las cuatro regiones del fideicomiso. Dirigir la Docencia Medica en toda la nación. Distribuir y gestionar el presupuesto para la actividad medica con el auxilio del Consejo Económico de Salud. Expide las Licencias Medicas y Técnicas nacionales. Autoriza la renta de espacios y localidades patrimonio del Fideicomiso en los casos comprendidos en este Reglamento y Ley. Nombrar a los miembros que fueron electos mediante las elecciones, y su destitución en los casos que contemple este reglamento. El Ministro de Salud Publica es la única autoridad que puede aprobar y gestionar a través del Fideicomiso de Telecomunicaciones e Industria Electrónica los equipos de diagnostico medico. Pendiente.
El Vicepresidente, tendrá a su cargo las siguientes responsabilidades: El Vicepresidente tendrá La Dirección General Operativa, bajo la dirección y política del Ministro de Salud. La supervisión de las instalaciones del Fideicomiso y sus Directores en ambas redes hospitales y policlínicos. La Dirección Económica Regionales. La Dirección y supervisión de las Comisiones. Pendiente.
Se establecen las comisiones especializadas del fideicomiso para el mejor desempeño de la actividad de salud. Estas comisiones estarán representadas por prominentes especialistas los cuales serán promovidos por consenso y historial. Comisión de Medicina General. Comisión de Maternidad y Pediatría. Comisión de Nutrición. Comisión de Cardiología. Comisión Cerebro Vascular. Comisión de Diagnostico y Laboratorios. Comisión de Genoma. Comisión de Cirugía. Comisión de Anestesia. Comisión de Cuidados Intensivos. Comisión de Ortopedia. Comisión de Oftalmología. Comisión de Otorrino laringología. Comisión Geriátrica. Comisión de Ortodoncia. Comisión de Transporte. Comisión de Enfermería. Comisión de Veterinaria y Vegetal. Comisión de la Medicina Deportiva.
Los miembros de las comisiones podrán ser citados para el esclarecimiento de asuntos relacionados a cualquier reclamación legal contra el fideicomiso o sus miembros que hayan incurrido en malas prácticas u otro tipo de denuncia por los Directores Regionales. Le corresponde a los miembros de las Comisiones la evaluación del personal dentro de la especialidad de la comisión, su promoción y su penalización correctiva, sin perjuicio de las medidas legales que dicte el Tribunal Civil competente. Corresponde a los miembros de las Comisiones el de informar e incluir en los currículos o planes de estudio las materias que deben añadirse a estos. Pendiente.
Nombrar a los especialistas, médicos, y profesionales del ramo que participaran en los Foros de la OMS y otros foros internacionales que pertenecen a su región. Nombrar y destituir a los miembros de las Comisiones, estos nombramientos y destituciones se harán por el consenso regional. Participar en el Consejo Económico para la toma de decisiones de su región con el auxilio de la Dirección de Economía Regional. Supervisar por que se cumpla la política de empleo con estricto apego a la Ley. Supervisar e informar de los avances de la Región a sus superiores. Gestionar con el Gobierno Municipal, la atención y mantenimiento de las instalaciones de salud en cualquiera de los municipios bajo su competencia. Establecer los funcionarios que recibirán los suministros asignados por la Asamblea Nacional por concepto de productos agrícolas en hospitales. Organizar las redes de distribución de los servicios de alimentación del personal en policlínicos. Establecer las normas y procedimientos de destrucción de desechos biológicos, y sanitarios de hospitales y policlínicos. Establecer las normas y procedimientos de turnos de servicio al ciudadano.
Serán atribuciones y derechos de los miembros de las Comisiones las siguientes: Dirigir las Administraciones de Hospitales y policlínicos en conceptos de normas y procedimientos en los servicios que estos brindan al ciudadano. Hacer las recomendaciones y nombrar a los Directores de Hospitales, y policlínicos. Establecer las normas y procedimientos de los centros agrícolas veterinarios y tratamientos de fertilizantes. Dirigir conferencias, y cursos de postgrados en todos los hospitales y policlínicos. Así como establecer los periodos para el desarrollo de estos y nombramiento de sustitutos de los miembros que participan por el periodo de duración de estos cursos. Participar profesionalmente en sus especialidades y brindar sus servicios a la ciudadanía. Derechos de los Miembros de las Comisiones. Limitar su participación en reuniones a dos veces al año. Establecer su periodo de servicio a la ciudadanía en armonía con sus funciones y responsabilidades, sin perjuicio de sus intereses profesionales en las ciencias médicas. Todos tienen derecho a apelación ante despidos y destitución de sus cargos dentro del periodo para el cual fueron nombrados.
Los Servicios Médicos y las Funciones Económicas no están en pugna en el Fideicomiso. La vida y la Salud son derechos de todos los ciudadanos, no privilegios de unos pocos, por lo cual garantizar que la actividad económica y bienes puestos bajo la administración del Fideicomiso son una tarea de todos, los miembros fideicomisarios y los beneficiarios.
Controlar los Salarios de la Plantilla nacional, y regional. Establecer el pago de salarios y periodos de vacaciones, enfermedad, y pensiones de retiros. Controlar la Caja de Retiro Independiente con estricto apego a la Ley. Controlar los gastos de utensilios y suministros médicos. Controlar los gastos de medicamentos y conciliar los gastos nacionales. Reducir al máximo los formularios y optimización de los sistemas de datos económicos con el auxilio del Fideicomiso de Telecomunicaciones y su departamento de informática. Hacer las recomendaciones y sugerencias sobre gastos a todos los hospitales y policlínicos individualmente. Conciliar los planes de Salud propuestos por las Comisiones y reflejar los costos por renglones y los ajustes que hayan que hacer para mantener los presupuestos en control. Vigilar y controlar los costos y gastos de mantenimientos planificados a las instalaciones de Salud. Ajustar y actualizar los presupuestos de nominas debidos a aumentos por promoción, nuevos ingresos, y otros gastos colaterales. Establecer las normas y procedimientos de expedición de informes semestrales, y anuales al Ministro de Salud Publica. Controlar y verificar la facturación de medicamentos y otros suministros médicos. Verificar, controlar, e informar los pagos de patentes, derechos de autor que haga el fideicomiso, a nivel nacional. Controlar los ingresos por renta a la industria privada de instalaciones, e informar al Ministro de anomalías y moras. Establecer los periodos de pago a la Renta Interna Nacional, y hacer las debidas deducciones establecidas en este Reglamento. Otras Funciones que le asigne la Dirección del Fideicomiso. Responder al Ministerio Fiscal cualquier reporte o información solicitada la cual se hará a través del Ministro de Salud. Preparar los informes de las gestiones económicas y gastos efectuados por Servicios prestados al ciudadano para la rendición de cuentas. Hacer las auditorias en hospitales, policlínicos y farmacias en conjunto con el fideicomiso.
Las Direcciones Económicas Regionales, son los órganos operativos de base del Consejo Económico de Salud, como tales ejecutan todo el trabajo primario básico en sus regiones. Todo el personal deberá ser contratado en las provincias, y municipios de la región y cumplir con los requisitos necesarios para las funciones.
La Escuela de psicología, brinda servicios en el Fideicomiso y esta contemplada en el presupuesto sus funciones se extienden al Fideicomiso de Educación, y los centros de rehabilitación psicológica y psiquiacriatia, así como a los asilos de ancianos. A la Escuela de Psicología le corresponde una tarea vital para la recuperación de carácter nacional, la formación de planes de atención en la escuela primaria. Funciones de terapéutica mental en consultas en todos los policlínicos. Identificación de abusos domésticos en policlínicos y hospitales. Visitas periódicas a los asilos de ancianos. Planes de estudio de concientisacion de la igualdad entre géneros tomando como base el pensamiento Martiano. Desarrollo de planes de reconocimiento de la mujer como parte imprescindible de nuestra sociedad e identificación y erradicación de vicios sociales y perjuicios sobre la participación de la mujer en la política, la educación, y los negocios. Verificar o entrevistar a todas las personas que desean o promueven la privatización de la salud y si es necesario brindarles apoyo psicológico.
La Salud es una actividad que requiere de esfuerzo constante por parte del personal que participa en la atención al paciente, en nuestro caso (el beneficiario y dueño del Fideicomiso, además paga el servicio). Por lo cual el personal que participa en la actividad directa al paciente tiene limitado el tiempo de participación en estas reuniones, y mayormente se destinan a las de impartir las normas de procedimiento. No así el personal de dirección y administración económica que se reunirá cada seis meses para la evaluación de los indicadores de los servicios, y ajustes o planeamiento de presupuestos.
Composición de las reuniones regionales estarán integradas, por los miembros de las Comisiones relacionadas con los asuntos a tratar en el orden del día. a. Todas las Regiones comenzarán las sesiones todas los 30 de Junio de cada año, se habrá de establecer las comunicaciones a los participantes el 15 de Junio de cada año. b. Acorde al orden del día, se habrá citado a esta reunión a los miembros de las Comisiones, Directores, de los hospitales y policlínicos que hayan presentado dificultades, o quejas en sus servicios. c. Las Comisiones sesionaran por el orden que se fije de mutuo acuerdo en la Región. d. Pendiente.
Articulo 44.0. El miembro al frente de la Comisión, remitirá el informe de manera que los interesados lo reciban quince días anteriores, por lo menos de la apertura de la reunión semestral y tres meses anteriores de la reunión anual en el caso de reuniones anuales. Las reuniones anuales, sobre asuntos pendientes evaluativos o correctivos tratados en las reuniones semestrales, deberán ser conclusivas y definitivas para la corrección del asunto. De persistir el asunto a los que se refieren el inciso (b), la Junta Directiva podrá tomar la decisión propia que estime conveniente para corregir el problema, incluyendo la destitución, traslado de miembros u otras que considere apropiada. Las conclusiones, medidas tomadas en estas se enviaran al Ministro de Salud, el cual deberá hacer su informe a la Asamblea Nacional, en el periodo correspondiente. En todo periodo de sesiones de las reuniones regionales, se deberán al menos examinar todas las Comisiones o al menos las mas significativas, y aquellas que presenten dificultades.
Cada reunión regional elegirá una Mesa compuesta de un Presidente y tres vocales. La reunión elegirá a los vocales de acuerdo a la especialidad de que se tratare el asunto a resolver y uno de ellos deberá ser el que maneje la actividad económica. Pendiente.
El Presidente se encargara de abrir y levantar las sesiones, dar cuenta a la reunión de las comunicaciones que le conciernan, dirigir los debates, mantener el orden, velar por el cumplimiento del presente reglamento, plantear las cuestiones que requieran decisiones y proclamar los resultados de toda votación a los acuerdos. El Presidente no podrá tomar parte en los debates ni en votaciones, pero podrá designar un delegado suplente, de conformidad con las disposiciones del presente reglamento. En ausencia del Presidente, durante una sesión o parte de una sesión, cualquiera de los vocales lo sustituirá por turnos. Cuando sustituyan estos al Presidente, el Vocal tendrá los mismos derechos y deberes que aquel. La Mesa de las reuniones se encargara de establecer su programa de trabajo, así como de fijar la fecha y hora de las sesiones de las reuniones y de sus órganos subsidiarios, si los hubiere para consultas, comunicara asimismo a la reunión cualquier cuestión que requiera decisión para el debido desarrollo de las labores. En toda reunión se citara a los Delegados de Circunscripciones que presenten dificultades, así como en todas aquellas en que se trate el Presupuesto del año siguiente.
Cada región constituirá una Comisión de Verificación de poderes y cualquier otro órgano que considere conveniente. Todo órgano subsidiario así creado habrá de regirse, Mutais Mutandis, por el reglamento aplicable a la reunión.
Los Poderes de los Delegados y de los Consejeros Técnicos de la Comisión de Verificación Regionales se reunirán en las Oficinas de Salud Regionales por lo menos quince días anteriores a la fecha fijada para la apertura de las reuniones, para el estudio preliminar de los asuntos a tratar y la verificación de los miembros que fungirán en las Comisiones para la determinación de que todo esta en orden, de no estarlo deberán informar a las Comisiones tres días anteriores a la fecha fijada para el comienzo de las sesiones y estas deberán hacer las correcciones necesarias. La Comisión de Verificación, revisara y todas las resoluciones, acuerdos y medidas a tomar acordadas en cada sesión inmediatamente que estas se expiden en las sesiones todas las verificaciones que conlleven sugerencias y modificaciones se retornaran al Presidente de dicha reunión para que tome las medidas pertinentes. En casos necesarios el Presidente de la Mesa que trato el asunto, podrá comunicar que continuaran con las medidas o que se convocara a la Comisión que corresponda la corrección. Todas las sugerencias, que se elaboren por la Comisión de Verificación deberán enviarse al Ministro de Salud. La Comisión de Verificación de Poderes no administrara quejas o informes si estos fueren anónimos, o si los hechos o alegaciones no se ajustan a los asuntos tratados en la reunión.
Ningún miembro en la reunión podrá hacer uso de la palabra sin haber pedido permiso y obtenido este del Presidente, quien concederá normalmente el uso de la palabra a los miembros participantes en el mismo orden en que la hayan solicitado. Si hubiere algún miembro de la Dirección Central este podrá hacer uso de la palabra previa autorización del Presidente. Si hubiese algún Delegado de Circunscripción Municipal, este podrá hacer uso de la palabra previa autorización del Presidente. Las personas con derecho a participar en la reunión en virtud del orden del día, así como los miembros acreditados de las Comisiones que se convoquen, podrán hacer uso de la palabra en el transcurso de cualquier discusión en sesión plenaria, previa autorización del Presidente. Las Comisiones homologas de otras regiones podrá solicitar su participación como observadores, y podrán obtener el derecho a la palabra en virtud de posibles implicaciones en los asuntos a tratar en la reunión, estos podrán hacer o circular declaraciones para informar a la reunión sobre cuestiones de interés en su región. El Presidente podrá retirar el uso de la palabra a todo miembro orador cuyas observaciones no sean pertinentes en relación con el tema que sea objeto de discusión. Salvo consentimiento expreso de la reunión, ningún debate explicación o exposición de asunto excederá de cinco minutos.
En concordancia a lo dispuesto en artículo 48.0. (b) cada delegado miembro podrá ejercer de manera individual su derecho a voto respecto de todas las cuestiones sometidas en la reunión. En caso de que no hubiere designado a un delegado, el otro miembro podrá hacer uso del voto en la reunión. Siempre que sea posible, las decisiones se adoptaran por el consenso. En los casos en que la falta de consenso haya sido debidamente comprobada y declarada por el Presidente, las dicciones se adoptaran por mayoría simple de los votos emitidos por los miembros presentes en la sesión y con derecho a voto. Como general, la votación será a mano alzada, hasta que se instale la votación electrónica, y la tele conferencias. Una votación se considera nula si el número de votos a favor y en contra es inferior a la mitad del número de miembros a la reunión con derecho a votar. El resultado de la votación será registrado, por el miembro que funja como secretario y proclamado por el Presidente. No se adoptara ninguna resolución, conclusión, informe, enmienda o moción que haya recibido igual número a favor y en contra. En estos casos se analizaran los puntos de discrepancias, y se someterán los arreglos a votación uno a uno. Las mociones de orden podrán presentarse sin aviso previo y sin remitir por escrito a la secretaria de la reunión. Podrán estas presentarse en cualquier momento, salvo cuando el Presidente haya concedido el uso de la palabra a un miembro y hasta que este haya terminado su intervención.
Se consideran mociones de órdenes las que tengan por objeto: La devolución de una cuestión o asunto. Aplazar el examen de la cuestión o asunto por falta de quórum. Levantar la sesión. Aplazar la cuestión de un punto determinado. Que la reunión pase al punto siguiente del orden del día de la sesión. Proponer la clausura del debate. Ninguna resolución que se refiera a un punto del orden del día podrá presentarse en una sesión de la reunión, a menos que sea una moción de orden, si el texto no hubiere sido depositado con un día de anticipación en la secretaria de la reunión. Toda resolución o propuesta así depositada deberá copiarse y distribuirse por la secretaria a más tardar durante la sesión precedente a la sesión en que dicha resolución o propuesta haya de discutirse. Toda enmienda a una resolución podrá presentarse sin aviso previo, siempre que se deposite en la secretaria de la reunión una copia del texto de la enmienda antes de ponerse a discusión. Las enmiendas se podrán a votación antes de la resolución a que se refieran. Si hubiere varias enmiendas a la misma moción o resolución, el Presidente determinara el orden en que habrán de discutirse y votarse, de conformidad con la siguiente disposición: Se pondrán a votación todas las mociones, resoluciones o enmiendas. Se podrán poner a votación las enmiendas, ya sea aisladamente o contra otras enmiendas, de acuerdo con la decisión del Presidente, pero si se pusiera a votación una enmienda contra otra enmienda, solo se considera enmendada la moción o resolución después que la enmienda que haya obtenido el mayor numero de votos a favor haya obtenido. Si como resultado de una votación se enmendase una moción o resolución, dicha moción o resolución ya enmendada se someterá a la Reunión anual para su votación final si afectase a más de una región. La persona que haya presentado una enmienda podrá retirarla, a menos que otra enmienda que modifique al anterior este en discusión o haya sido adoptada. Cualquier persona que tenga derecho a participar en los trabajos de cada sesión podrá sin aviso previo presentar nuevamente cualquier enmienda así retirada. Cualquier miembro podrá llamar la atención en todo momento sobre la no observancia de las reglas y el Presidente deberá pronunciarse inmediatamente sobre la cuestión planteada. Cualquier miembro presidiendo podrá proponer la clausura del debate de una resolución o enmienda determinada, así como de la cuestión general. El Presidente deberá poner a votación la proposición de clausura si esta fuere apoyada por la quinta parte, por lo menos de los miembros presentes en la sesión, pero antes de poner a votación leerá la lista de los miembros que hayan pedido la palabra antes de que se formulara la proposición de clausura y dichos miembros tendrá derecho al uso de la palabra después de decidida la clausura, o de trasladarla a la próxima sesión. Si se pidiere la palabra en contra de la clausura, se concederá únicamente a un miembro de cada grupo o región según el caso. Si se decidiera la clausura, podrá hacer uso de la palabra sobre la cuestión que constituya el objeto de la discusión un miembro por cada grupo o región de los cuales ninguno de sus miembros se hubiere inscrito entre la lista de miembros que deseaba hacer uso de la palabra.
A reserva de lo que establece estas reglas, cada grupo, región, o comisión, podrá fijar su propio procedimiento internos en concordancia con su especialidad.
Cada Región o Comisión en su primera sesión elegirá a un exponente, y un secretario que tomara las notas respectivas. El exponente deberá se elegido entre los masen el asunto consejero que designe la Comisión, el secretario podrá ser elegido entre personas de cualquier otra comisión de la región.
Cada Comisión, o región elabora acorde al orden del dia los asuntos a exponer. Cada grupo o Comisión nombra a los exponentes de estos asuntos. Cada grupo o Comisión a la primera sesión oficial presentara tos los asuntos relacionados que se presentaran durante la reunión. Solamente los miembros presentes podrán votar en las sesiones oficiales, sin embargo un miembro que no pudiere asistir a una sesión podrá mediante nota escrita al Presidente, designar un suplente para ejercer el voto. Realizada la votación el secretario de cada grupo o Comisión comunicara en el plazo más breve posible a la Mesa de la Reunión las decisiones adoptadas en las sesiones oficiales. Sesiones no oficiales cualquier grupo o Comisión puede reunirse en todo momento en sesión no oficial para discutir o decidir cuestiones no oficiales. Pendiente.
De cada región la secretaria del consejo económico es la encargada de suministrar a las Comisiones de todas las reuniones de su región, toda la información referente a sus presupuestos detallados, y para su distribución y coordinación nombrara a un miembro. A reserva de las reglas cada Comisión podrá con anterioridad solicitar la información. Nota. Mensaje del Partido Revolucionario Cubano: La observancia a las normas de las reuniones y sesiones se recomienda a todos los miembros del Fideicomiso, la participación democrática que permite el reglamento y la Constitución de la Republica hace posible que todos aquellos con la calificación para Ministro, viceministro, y director regional, puedan ser elegidos por el resto de los miembros del sector, y estos serán los miembros que tendrán que debatir sus intereses como sector en la Asamblea Nacional, así como también rendir cuentas de sus funciones, y gestiones a la ciudadanía. El sector de la ciudadanía que se ha desempeñado en la política, ya tiene una ventaja sobre ustedes.
Introducción. Los avances tecnológicos, han permitido acercar mas la medicina a las ciencias exactas, aunque aun queda mucho trecho por andar, el fideicomiso de la salud publica cubana, se crea con esos objetivos hacer de la medicina cubana una ciencia exacta , hasta el momento las ciencias medicas son una mezcla de arte, estadística, y veterinaria. Para lograrlo todos debemos colaborar, medico, pacientes, y Estado. Los hospitales, y policlínicos, no se diferencian mucho económicamente de un restaurante, una tienda, o un Cabaret, todos se rigen por la oferta y la demanda. Sin embargo los ciudadanos, van a un hospital, o un policlínico solo cuando necesitan estos servicios por estar enfermos, el objetivo de la Comisión ética, no solo es la de vigilar porque la medicina se practique dentro de los principios y Juramento Hipócrates, sino de establecer el uso de estos servicios de forma preventiva y no solo de emergencia, para esto los médicos y personal auxiliar deben practicar la ética se practica por el resto de los trabajadores de servicio. Afortunadamente, el medico no es un brujo, que tiene que esperar, a que los dioses se comuniquen con el para hacer un diagnostico, una prueba, o análisis, el tiene todos los medios a su alcance para hacerlo. Cual es la dificultad de todo servicio medico, o sistema de salud, pues nada menos que el tiempo que tiene un ciudadano para asistir a una consulta, y la educación sobre que es Medicina Preventiva. Este es el factor principal que conspira contra cualquier sistema de salud. El ciudadano solo puede acudir cuando termina sus labores. Sin embargo, la población que asiste a estos servicios se puede clasificar de la forma siguiente: Retirados, pueden asistir a consulta programada y se establecerá entre paciente y medico. El Fideicomiso de Salud, tiene respuesta a esta dificultad, pues sin ser este una organización sin fines de lucro pues sus miembros persiguen una remuneración lucrativa. Trabajadores, el paciente tiene limitaciones cuantitativas, y deberá establecerse la asistencia por acuerdo entre medico y paciente. Estudiantes, estos también tienen limitaciones, y es la población a la que debe prestarse mas atención, pues no solo influye la inexperiencia de la juventud, sino que es el factor de riesgo económico futuro del fideicomiso, sin no se establece una cultura preventiva. Accidentados, y Crónicos, estos pacientes casi están aunque con ligeras diferencias dentro de la categoría de emergencias, y la única solución es tener buenos cuerpos de emergencia. Por lo cual la Comisión de Ética tendrá las siguientes funciones y atribuciones que este reglamento le asigna.
Gobiernos municipales, para que se establezcan ordenanzas que obliguen a los empleadores a establecer flexibilidad en horarios laborales, sin que se afecten económicamente ambos empleador y empleado. Establecer con el Fideicomiso de Educación un día dentro del currículo de clase en que el alumnado esta obligado a asistir a consultas preventivas. Hospitales y policlínicos, establecer turnos fuera de horarios de trabajo normales para la atención de la ciudadanía. Médicos, auxiliares, técnicos de diagnósticos y personal de limpieza, y carpeta deberán laborar en turnos rotativos, en los cuales se contemplara las necesidades particulares de la población y el acomodo del bienestar del personal de atención médica.
Preferentemente la categoría de retirados se atenderán en los turnos diurnos, y formara la base primaria de salario del medico, o especialista. Preferentemente la categoría de estudiantes, se atenderá en los turnos diurnos y formara la base secundaria de la formación del salario de los médicos o especialistas. Preferentemente la categoría se atenderá fuera de horarios laborales, y formara la base del salario superior de los médicos y especialista. La categoría de accidentados y crónicos, tendrá preferencia en cualquier horario, y serán atendidos por el cuerpo de guardia, y en los casos posibles por los médicos de turnos programados. Pendiente.
Corresponde al Medico, el Director del hospital, o policlínico establecer que numero y por ciento de pacientes atenderá en cada turno. El medico deberá con no menos de treinta días de anticipación comunicar a la Dirección del hospital, en todos los casos que decida recortar el numero de pacientes que atenderá en sus turnos de servicio. En todos los casos que el medico por motivos individuales personales, o por motivos de decisiones del Fideicomiso, se traslade de municipio, o provincia, el medico lo comunicara a sus paciente con no menos de quince días de antelación, sin perjuicio de que sus pacientes puedan utilizar sus servicios si lo desearan. Para estos menesteres existe el traspaso de cuentas y historias clínicas. Así como también el medico podrá coordinar con sus colegas en el hospital o policlínico y recomendar a sus pacientes que utilicen sus servicios. Pendiente.
La única limitación ética que impondrá la Comisión a nuestros investigadores en las investigaciones genéticas y modificaciones esté dirigida a las siguientes: Procreación fuera del útero materno, no se podrán construir embriones humanos fuera del útero materno, ni implantar estos en personas del genero opuestos que hayan obtenido el cambio de sexo. No se podrá trabajar en la modificación de características y cualidades estéticas que no sean orientadas a malformaciones del feto. No se publicara información de características genéticas o informes sobre persona alguna, o grupos étnicos. No se permitirá hacer cruces raciales en la fase de embriones. No se informara u entregaran datos genéticos a ninguna entidad comercial, industria de seguros, de ningún tipo ni bajo ningún concepto. No se entregara información genética de ningún tipo al Poder Judicial, abogado u otra entidad de ninguna persona. Pendiente.
La Comisión de Ética, establecerá todas las regulaciones, para el control de medicamentos y narcóticos que puedan provocar adicción. Se encargara además de regular e informar a la industria de Cosméticos en los siguientes renglones: Jabones, desglose de sus componentes. Creyones de labios. Champúes. Tinturas de pelo. Otros en los que se continúa utilizando sustancias dañinas a la salud que son adsorbidas por la piel. Pendiente.
Las Comisiones habilitaran horarios y jornadas en la que los médicos y especialista podrán asistir a conferencias sobre medicamentos de nueva creación que la industria farmacéutica quiera promover. En estas conferencias, el personal del fideicomiso asistente deberá conducir sus funciones bajo este formato, sin menoscabo de su iniciativa personal, y orientación profesional: Todo tipo de medicamento que la industria desee promover, se le exigirá que brinde las estadísticas de eficiencia y logros que se obtuvieron, la formula con las cuales se realizo, el sondeo. Todo tipo de promoción dejara una muestra del producto, y numero de póliza de seguro de riesgo, para que en los casos que el medicamento no rinda los beneficios prescritos, y surjan daños al paciente, los costos de reclamaciones corran por la industria y no por el Fideicomiso. Todos los médicos y especialistas que asistan a estas conferencias, y adquieran muestras de medicamento para hacer pruebas de estos con sus pacientes, antes de realizar la practica de entrega al paciente, deberán notificar al director del hospital, o policlínico de todo los medicamentos de muestras que utilizara y dejara una muestra en la dirección de este adjunto al informe firmado por el medico. Será de pleno conocimiento de todo el personal del Fideicomiso, que no es permitido la visita de promotores de medicamentos en consultas de ningún tipo.
PENDIENTE.
Las Direcciones Regionales del Fideicomiso de Salud Publica, deberán imprimir y publicar el Folleto Informativo bajo el siguiente formato anexo 1. Seguro Nacional de Salud Publica y en tantos idiomas como sean reportados por el Censo de Población, y las Estadísticas de Turismo.
Se enviara a todos los Gobiernos Municipales con la orientación de que se les entreguen a todos los ciudadanos residiendo en sus territorios vía correo, así como a todos los inversionistas y viajeros que residen por un periodo inferior a un año. Seguro Nacional de Salud Pública Cubano. Información al Ciudadano. Estimado ciudadano, residente permanente, o visitante. El Fideicomiso de Salud Pública Cubano, tiene como norma y deber explicarles como trabaja nuestro Seguro Nacional de Salud Pública Cubano. El Seguro Nacional de Salud, y Diagnostico Medico Temprano es un sistema que se paga en los impuestos si es UD ciudadano o residente permanente, con el fin de reducir al mínimo el impacto financiero en caso de que UD se enferme o resulte lesionado. Todas las personas que viven en el Archipiélago Cubano deben estar afiliadas a uno de los Seguros de Salud del Fideicomiso. Este folleto le explicara como se puede obtener el este seguro acorde a su situación o estatus legal en que se encuentre.
En el comprobante de su cheque de pago de salario, aparecer con las siglas FSP el por ciento de su salario que se le descuenta para estos fines. Este descuento le permite recibir todos los servicios médicos en todo el territorio cubano y del Archipiélago. Su Gobierno Municipal, le entregara el Carnet de Seguro de Salud correspondiente. UD, puede recibir en cualquier rincón del archipiélago o lo que es igual desde la Punta de Maisis, hasta el Cabo de San Antonio, o en cualquiera de las dos Prefecturas, los servicios médicos con solo presentar su Carnet de Salud, esta tarjeta funciona como llave para que el medico en cualquier policlínico y hospital pueda acceder a su historia clínica. Si esto fuere poco además el Fideicomiso le entrega un Llavero por si se olvido UD de traer el Carnet, en este aparece un numero que solo la persona autorizada puede activar su cuenta de seguro.
Si es estudiante matriculado por convenio entre nuestra nación y la de procedencia del estudiante, el estudiante deberá presentar su pasaporte a la autoridad correspondiente del Municipio en que radica su plantel, con la certificación de su inscripción en que se matriculo. El Municipio le entregara su Carnet, y también se encargara de hacer las gestiones restantes para el cobro de los servicios medico. Como miembro afiliado a los servicios del Fideicomiso UD también puede recibir todos los servicios de salud en cualquier instalación de nuestra nación.
Como se termina el servicio de salud que brinda el fideicomiso. Los Servicios pueden llegar a su término en dos formas: De Forma Voluntaria, si es UD estudiante en todo los recesos por motivo de vacaciones o finalización de su curso o carrera, y va a abandonar el país, UD esta en la obligación de entregar su Carnet en el Municipio donde lo obtuvo con no menos de siete días de antelación a su salidas de la nación. Si es UD residente permanente, y se va ausentar de la nación, también esta obligado a devolver el Carnet en el Gobierno Municipal donde reside con siete días de anticipación a su salida, y lo recogerá a su regreso a la nación. Los casos comprendidos en el artículo 3.0. incisos (a),(b), no deben albergar ninguna preocupación en los casos que se les presente alguna urgencia en que necesiten los servicios y hayan entregado el Carnet, los hospitales, y policlínicos no les negaran los servicios, su información esta en estos actualizada. Si es UD residente permanente, y desea cambiar de Municipio, solo tiene que presentar su Carnet de Salud, en el Gobierno Municipal de su nueva residencia, para que en este le entreguen el Folleto correspondiente donde encontrara las direcciones y teléfonos de la Red de Policlínicos y hospitales de su nuevo municipio. De Forma Obligatoria, Todos los estudiantes extranjeros, en el territorio, y personas extranjeras cuyas visas y cursos expiren serán comunicados de la Terminación de sus Seguros de Salud quince días anteriores a su vencimiento, estos se podrán renovar dentro del periodo contemplado dentro del plazo. Sin menoscabo de la regla, a ninguna persona que su Seguro de Salud haya expirado, no se le negara el servicio medico en la Red de Policlínico, o hospitales del Fideicomiso, para recibir estos servicios UD presentara su Pasaporte, o su Carnet expirado, UD deberá después pagar al Hospital o Policlínico, el servicio que recibió. Todo el Carnet de Seguro Medico, quedaran automáticamente invalidados quince días después de que se envió la información al interesados solo la persona a quien se le otorgo podrá activarlo, no hay posibilidad de transferencia a otra persona, y el tratar de hacerlo es penalizado por la Ley. PENDIENTE.
El carnet de salud, es un documento individual, o lo que es igual, cada miembro en la familia posee un carnet, independientemente de que los miembros sean menores de edad, o solo un miembro de la familia sea el que paga los impuestos. El Carnet Individual, de menores que no trabajan o de las esposas, o esposos se identifica con una F, En los casos de menores estas identificaciones, vencerá al cumplir los diez y ocho años cumplidos, o en su defecto al obtener el permiso de trabajo. Automáticamente se entregara una nueva identificación con una S. Cuando Nace un BEBE, la madre no tiene de que preocuparse, su identificación le servirá en cualquier hospital, o policlínico donde vaya a dar a Luz, antes de que se le de de alta, se le entregara, el carnet correspondiente del nuevo miembro. La Dirección Económica del hospital, o policlínico se encargara del resto de los trámites con su Gobierno Municipal. Pendiente.
La pérdida del carnet, es algo imponderable, y de hecho se puede perder, por varias razones, sin embargo, esto no es un problema grave, si el titular toma la acción debida, pues es importante para UD. Haga lo siguiente: Vaya al Gobierno Municipal, y solicite su nueva identificación, UD deberá pagar un recargo de cinco pesos para cubrir los gastos, y actualización del sistema. Pendiente.
Cuando fallece el asegurado, el Fideicomiso cubre todos los castos de tramite legales de certificación de defunción, y le entrega al familiar mas cercano esta para los tramites de sepelio y legales en casos de herencias. El familiar deberá entregar el Carnet en el hospital o policlínico donde recibe el servicio. En los casos que el fallecido este en el seguro de otro miembro de la familia, este deberá acudir a su Gobierno Municipal, para que le hagan el ajuste de sus impuestos, con la presentación del certificado de defunción. El hospital o policlínico, esta en la obligación de actualizar con en no menos de quince días, su base de datos de todos los casos de fallecimiento. El hospital o municipio que cumpla con la actualización de su base de dato en el término determinado, será penalizado por el Gobierno Municipal. Pendiente.
Ningún hospital o policlínico puede reclamar parte de los costos de su atención sin que se hayan presentado los reportes de la policía de transito. Pendiente.
Es importante que UD haga los ajustes necesarios con su medico o la Oficina, pues estos exámenes son útiles para la detección temprana de enfermedades. Además es importante que UD utilice los servicios porque de no utilizarlos el Fideicomiso pierde fondos, y UD los impuestos que seguirá pagando por ley. Los centros de salud ofrecen asesoramiento sobre enfermedades infecciosas prevención de enfermedades, y el SIDA los invitamos a que utilicen estos servicios. Es deber de todo afiliado, el de proteger sus impuestos, por lo cual se le recomienda a todos los afiliados el no firmar ningún examen que no se le haya realizado, de descubrirse el fraude, puede ser UD también encausado, los fraudes al Fideicomiso, son penalizados por la Ley.
Los exámenes de la vista, también se pueden obtener de forma planificada, y la Oficina le envía en el boletín los horarios y dirección donde estos servicios se brindan. El Fideicomiso le brinda no más de dos opciones de armaduras y lentes, para mantener los costos lo más bajo posibles, sin embargo si UD lo desea, podrá ir con la receta a una óptica privada. Todos los servicios operatorios de corrección de la visión están cubiertos en sus pagos. Pendiente.
La información general se envía por correo, así como los horarios que para las personas de la tercera edad que siempre se atenderán en horarios diurnos. Las de segunda edad ajustaran sus horarios con sus médicos y podrán asistir en horarios fuera de horarios laborables. Los Estudiante asistirán en horarios acordados con el fideicomiso de educación. Las emergencias se atenderán en cualquier horario. Pendiente.
La atención nocturna de especialistas solo se brindara a las personas que hayan acordado, con el especialista esos servicios programados y planificados. De igual modo si un menor se enfermara en la noche será atendido en hospitales infantiles comuníquese con la Oficina de Emergencias Infantiles que le corresponden en su municipio, y de no existir este servicio en su municipio, comuníquese con el servicio de ambulancias, y ellos le llevara al correspondiente. Pendiente.
Los viajeros o las personas que residen en Cuba por un periodo menor a un año, así como los miembros del cuerpo diplomático. Sin embargo pueden afiliarse las personas que tienen menos de un año viviendo en Cuba, pero no se les niega el servicio de emergencia, el cual deberán después de atendidos liquidar al hospital, los gastos en que incurra su atención o tratamiento. Los Miembros del Cuerpo Diplomático, podrán establecer contratos individuales, o familiares, lo cual lo podrán realizar en la Dirección de Salud, del correspondiente municipio. Telecomunicaciones Cubanas
b. Fiduciarios Operativos, todo el personal técnico e ingenieros que laboran por el tiempo que especifican sus contratos laborales, y sus sucesores por igual tiempo. c. Derechos de los Técnicos, obreros, Ingenieros y otros profesionales del Fideicomiso. 1. Derecho a igual salario a igual plaza y categoría en todas las regiones de los fideicomisos. 2. Derecho de ingreso a plazas y asenso a otras categorías sin discriminación alguna debido a raza, sexo, afiliación política o religiosa. 3. Derecho a apelación ante despidos o ajustes de plantillas. 4. Derecho a los beneficios de la Caja de Retiros independiente. 5. Inmunidad Profesional, ante abusos de autoridades gubernamentales para restaurar o proteger la privacidad de los usuarios de los medios de comunicaciones. d. Fiduciante o beneficiario. Serán todos los ciudadanos de la nación presente y futura, que conservan el derecho a revocación bajo ciertas limitaciones del mandato tanto del Fideicomisario Nacional, como de los Vise-Fideicomisarios Directores Regionales e. Derecho Perpetuo. Los ciudadanos, presentes y futuros mantienen el derecho perpetuo sobre los espectros radioeléctricos, bandas, y frecuencias. Así como no se podrá modificar, abolir, ningún derecho establecido en este reglamento, sin que se efectué un sufragio nacional, en el cual se especifique que modificaciones se efectuaran en estos Fideicomisos.
a. Mantener y modernizar todos los bienes y recursos puestos bajo su administración. b. Mantener la diversidad cultural nacional, y regional en igualdad de derechos para las regiones, y añadir a la programación lo mejor de las culturas foráneas, sin perjuicio de la cultura nacional. c. Proteger los espacios y frecuencias de espectro radio eléctrico, y espacios en la Web internacional, y nacional. d. Mantener la calidad de la programación y la satisfacción de nuestros ciudadanos en todos los productos que este fideicomiso les brinda. e. Rendir a la ciudadanía cuentas de toda gestión económica, y social del fideicomiso. f. Proteger a los obreros, técnicos, ingenieros y otros profesionales que laboran en el fideicomiso, bajo las reglas que en este reglamento se especifican. g. Promover a todos los talentos artísticos regionales, con igualdad participativa en todas las regiones en que esta constituido. h. Proteger la libertad de expresión y de Prensa dentro de los medios masivos de información nacionales. i. Proteger la libertad de expresión religiosa que solo estará limitada a los derechos y deberes de estas en la Constitución de la Republica. j. Proteger el derecho del Tribunal Superior Electoral, en el uso y participación de candidatos en periodos de sufragio o elecciones. k. Proteger el Derecho del Estado a divulgar asuntos de interés ciudadana, y nacional a través de los medios de información. l. Servicios para los editores fidecomisarios operativos enlace 1 (para que nuestra amiga continue practicando la lengua y nos redacte una pagina para el mercado Germano.
a. Solo los técnicos medios, e ingenieros del Fideicomiso podrán asistir y representar a la Republica de Cuba ante la Organización Internacional de Telecomunicaciones. b. Las representaciones en esta organización y otras del ramo se seleccionaran con la participación de todos los técnicos e ingenieros de la nación. c. Todos los técnicos e ingenieros del Fideicomiso de Telecomunicaciones de la nación tendrán acceso a todas las informaciones y resoluciones, acuerdos, tratados, y reuniones que se efectúen en la UIT y otros foros del ramo, para lo cual se otorgaran las respectivas credenciales, de acceso a estas. d. Pendiente.
El Departamento de patentes y derecho de autor, tiene como función fundamental la protección de toda invención patentable y no patentable, de todos los técnicos, ingenieros y profesionales del Fideicomiso, colectiva e independientemente nacional e internacional. a. Todo técnico, ingeniero, y profesional, esta en pleno derecho de defender sus patente individuales, o colectivas de sus homólogos en el fideicomiso, nacional, o internacionalmente, para lo cual esta investido de plena autoridad como fideicomisario por la Republica de Cuba. b. Para el ejercicio de este derecho deberá portar la debida identificación cuya fotografía y firma aparecen en esta identificación expedidas por el Ministerio de comunicaciones de Cuba. c. Ninguna persona ajena al Fideicomiso de Telecomunicación & Industria Electrónica podrá atribuirse este derecho. d. Los técnicos e ingenieros miembros de ANIR que conforman la Junta de Dirección del Banco Comercial de Telecomunicaciones, están autorizados a la gestión y protección de los derechos de esta banca nacional e internacional. e. Pendiente.
El Fideicomiso de Telecomunicaciones & Industria Electrónica, paga impuestos a la renta interna y se pagaran en las siguientes condiciones: a. Después de deducir todos los gastos de modernización, y mantenimiento de inmuebles se procederá a deducir los siguientes incisos a continuación. b. Deposito en la Caja de Retiro. c. Pago de royalties de innovaciones y racionalizaciones que el Fideicomiso haya comprado sus derechos. d. El Fideicomiso de acuerdo a las sugerencias, de la Junta de Directores podrá hacer también las deducciones de reducción de tarifas al usuario o ciudadanía. e. Las donaciones monetarias, equipamiento, instrumentos, y material fílmicos que reciba el Fideicomiso estarán exentas de impuestos, sin embargo la donación podrá ser deducida de los impuestos por los donantes en sus declaración presentando su correspondiente recibo. f. Efectuadas las deducciones en los incisos (a, b, c, d) del (articulo 5.0.) Se procederá a pagar los impuestos al Servicio de Renta Interna.
b. Ganancia a las ventas de videocasetes, y casetes de audio, CD y DVDs de ( ) durante los primeros cinco años. c. Ganancia a los Servicios Técnicos Internacionales de ( ) durante los primeros cinco años.
Articulo 8.0. Del Patrimonio del Fideicomiso. El patrimonio del fideicomiso bajo su administración y control comprende los siguientes bienes: a. Banco Comercial de Telecomunicaciones & Clearing Bank. b. Todos los Transmisores AM & FM del Territorio. c. Todos los Estudios Radio & Televisión. d. Todos los Medios de Transporte destinados al servicio de mantenimiento. e. Todos los medios de Remotos Radio & Televisión. f. Los Correos Nacionales su dirección y subdirecciones regionales. g. Todos los medios de transmisión de banda base tales como: enlaces segundarios, cables, fibra óptica, y planta exterior telefónica. h. Todos los sistemas celulares. i. Todos los inventarios de piezas y parte de los medios
Articulo 10.0. Titulo 3.0. DIVISION ADMINISTRATIVA FIDUCIARIA REGIONAL.
El territorio de la Republica de Cuba, se fragmenta en la División Política Administrativa, con el solo objeto de buscar la mayor participación y representación en los Órganos de Gobierno, no así en la División Económica Regional, en esta se reagrupan las provincias y sus municipios para el mejor planeamiento del desarrollo económico sostenible y mejor planeamiento y distribución de los recursos del Estado y su presupuesto, los fideicomisos se ajustan a esta división, para el establecimiento de la División Administrativa Fiduciaria Regional.
Corresponderán a las siguientes regiones económicas los siguientes límites provincias y sus municipios: Región 1.Provincias: Pinar del Rió, Ciudad Habana, La Habana y Matanzas Prefectura Marítima Sur. Región 2. Provincias: Villa Clara, Cienfuegos, Santi Spiritus, Ciego de Avilas. Región 3. Provincias: Camaguey, Las Tunas, Holguín, Prefectura Marítima Norte. Región 4. Provincias: Yara, Santiago de Cuba, Guantánamo.
La programación estará a cargo del Instituto Cubano de Radio y Televisión como dirección central, y se auxiliara de las Subdirecciones Regionales, las subdirecciones regionales estarán comprendidas dentro de los límites territoriales establecidos para las regiones 1, 2, 3, 4. La Ley garantiza la participación de todos los ciudadanos en la diversidad cultural, política, religiosa de toda la sociedad sin discriminación alguna. Tampoco habrá discriminación por sexo, edad, o estatus económico.
Son funciones del ICRT las siguientes: a. Establecer la programación Nacional, en cuya programación se incluirá la programación de interés individual de las cuatro regiones, en igualdad de tiempo y bloques horarios. Los bloques y horarios de programación regional, se clasificara por provincias, y municipios acorde a las fuentes generadoras. b. Establecer la Tarifa de pago de comerciales nacional, para productos nacionales e internacionales. c. Establecer las escalas salariales de locutores, presentadores de TV, productores y animadores de Radio y Televisión. La escala regirá nacionalmente. d. Establecer Tarifas con la Dirección de Turismo, de la programación de publicidad y televisara todos los show, revistas musicales, y toda programación artística que se brinde en todos los centros turísticos, hoteles. e. Establecer la Discoteca Nacional, y la Videoteca Nacional como base de programación para toda la nación. A la cual todas las regiones aportaran una copia de sus programaciones a la base nacional. f. Establecer, los horarios destinados a la programación nacional y regional, en la cual estarán especificado los espacios destinados a la educación, programación infantil, programación juvenil, y programación de adultos. g. Establecer las normas homologas de programación privada que utiliza los soportes del Fideicomiso;* En igualdad de derechos con la radio y televisión publica y solo se observaran las normas establecidas en este reglamento.
a. Todas las Subdirecciones Regionales, elaboraran en entera independencia su programación local, e incluirán la programación nacional dentro de los espacios de la programación local. b. Todas las Subdirecciones Regionales, recibirán su presupuesto general, y lo administraran con entera autonomía. * c. Todas las Subdirecciones Regionales, establecerán su Discotecas Locales, y Videoteca Local, en la cual se archivara toda la programación por años. d. Las Escuelas y universidades, podrá hacer uso de estas discotecas, y videotecas para fines de estudio. e. Corresponde a las subdirecciones regionales, la de promover a todos los talentos musicales, cinematográficos, y todas las artes posibles de radiar y televisar, tanto regional, como nacional. f. Todas las Subdirecciones, elaboraran sus espacios de publicidad con talentos locales. g. Ninguna subdirección regional, podrá bloquear la publicidad de productos iguales dentro de sus espacios publicitarios, ya sean estos locales, nacionales, o internacionales. h. Pendiente.
El Fideicomiso de Telecomunicaciones, se le permite rentar espacios del espectro radial y televisivo de las formas siguientes: a. Los espacios a rentar en las bandas de onda media, no excederán al 10% del total de la banda en ninguna región de forma que no se exceda el límite de 40% total del espectro nacional. b. Los espacios a rentar en la banda FM, no excederán a 2.5% en ninguna de las regiones de forma que no se exceda el 10% del espectro nacional. c. No se permitirá la licencia a utilización de estos espacios a perpetuidad, los espacios deberán cumplir los objetivos de satisfacción ciudadana. d. No se permite en una misma licencia operar estaciones en cadena dentro de una misma provincia. Así como tampoco la licencia podrá extenderse a toda la nación. Para cubrir una región se necesita solicitar licencias municipales separadas.Ninguna cadena privada podrá ocupar mas de 2% de los municipios existentes en una región, tanto en AM como en FM. e. No se permite la operación con potencias superiores a las establecidas *. f. Pendiente.
a. Las empresas privadas de radio o televisión, se les permite la contratación de personal libremente de: Directores, Presidente, y superintendentes y personal contable. b. La empresa privada de radio o televisión, podrá contratar a través del ICRT, el personal necesario para edición, programación, locutores, y animadores. c. Solo podrán contratar personal técnico cubano. Este personal se contratara a través del Fideicomiso de Telecomunicaciones. d. Las empresas Privadas podrán radial en cualquier lengua siempre que se identifique también en idioma español. e. No les esta permitido a las empresas privadas de radio o televisión la participación de la programación en tiempo de elecciones o brindar servicios a candidato alguno a cargos del Estado y gobierno, ni tampoco brindar servicios al Tribunal Superior Electoral.
El presupuesto de las Administraciones Fiduciarias Regionales, se efectúa por el consenso de la Junta de Directores, se tomara como base la proporción de los medios, y los ingresos diferidos que aportan las regiones al presupuesto general.
Según lo estipulado en el (articulo 9.0) el presupuesto regional, se formara tomando el ingreso de los impuestos sobre el producto que se le brinda al ciudadano, mas el ingreso diferenciado. a. Para establecer la proporción del ingreso de los impuestos al ciudadano, se tomara como base el número de personas residentes en la región. La dirección central podrá hacer ajustes necesarios para beneficio de las regiones menos pobladas. b. El ingreso diferenciado, se formara tomando como base los siguientes indicadores: 1. Publicaciones técnicas de utilidad ciudadana. 2. Ventas al por mayor a la red de distribución privada de equipos electrodomésticos de producción nacional, o importados. 3. Producciones CD musicales y de videos históricos, musicales, series de béisbol y torneos deportivos y educacionales de interés ciudadano. 4. Software de herramientas. 5. Tarifas Publicitarias de productos nacionales e internacionales. 6. Tarifas de arrendamientos a la empresa privada de espacios utilizando los soportes del Fideicomiso. 7. Tarifas de arrendamiento de utilización de frecuencias del espectro nacional, según las normas que se establecen en este reglamento. 8. Ingresos aportados por la sucursal del Banco Comercial de Telecomunicaciones & Clearing Bank. 9. Los ingresos por espacios publicitarios en estaciones del fideicomiso.
El Fideicomiso de Telecomunicaciones nacional y regionalmente garantiza a todos los ciudadanos utilizar los servicios publicitarios a través de la Radio y la Televisión, sin discriminación alguna por raza, sexo, nacionalidad, u estatus económico para lograr estas ventajas se aplicara la siguiente norma y principios: a. La empresa privada nacional, podrá establecer contratos publicitarios de todos los productos elaborados o servicios a brindar en las Oficinas Regionales del Fideicomiso, mediante la presentación del producto o una descripción de los servicios que desea publicitar. b. Para el establecimiento del contrato requiere presentar la declaración de impuestos del año anterior pagados a la renta interna. c. Los trabajadores individuales, tales como: electricistas, carpinteros, zapateros, arquitectos, mecánicos, torneros, plomeros, pintores, técnicos en electrónica, y computación, carpinteros de rivera, artesanos, sastres, y costureras, y otros obreros y profesionales de cualquier ramo que trabaje independiente o se encuentre desempleado podrá utilizar los servicios gratuitamente, mediante la presentación de la declaración de impuestos del año anterior y descripción de los servicios que brinda. Esta Publicidad se realizara en los Politécnicos de Multimedia Regionales. d. Los servicios Publicitarios al desempleado, se mantendrán por treinta días máximos y solo se renovaran a solicitud por las razones de desempleo. e. Los Servicios de Trabajadores que brindan servicios independientes deberán renovar su contrato gratuito anualmente y se requiere establecer el mismo proceso. f. El Fideicomiso otorgara un premio de incentivo a los politécnicos que más publicidad y calidad en sus producciones hayan obtenido sus alumnos, y al mejor alumno una computadora y el software más popular destinados a publicidad. g. La publicidad a la empresa privada extranjera se aplicara la tarifa con el siguiente método: 1. Se tomara la tarifa de radio o televisivo del país de origen según la solicitud y producto a publicitar, menos un 2%. 2. Si la solicitud es solo de utilización de los medios y el productor, empresa posee una copia de su publicidad, se aplicara un descuento del 5% con las mismas bases de la tarifa del país de origen.
La publicidad no solo vende, sino enferma por lo cual están limitados los espacios publicitarios, y se prohíben y limitan los siguientes: 1. No se prohíbe los anuncios de tabacos, ni cigarrillos, somos productores de tabaco, se limitan en los bloques publicitarias a 30 segundos y no mas de tres veces en 24 horas. 2. No se prohíbe, sino se limitan las publicidades de comidas chatarras a no más de un minuto en bloques publicitarios y no más de tres veces en 24 horas. 3. Se prohíbe la publicidad de servicios médicos de todo tipo. 4. Se limita la publicidad de bebidas alcohólicas a 30 segundos y no más de tres veces en 24 horas. 5. La programación de educación sanitaria estará a cargo del Fideicomiso de Salud Publica. 6. No se permiten anuncios de pornografía o productos y accesorios sexuales. 7. La publicidad de productos para tratamientos de la piel y el cabello no se les permite utilizar factores sicológicos que puedan crear complejos en las personas la censura la dictara la escuela de psicología. 8. La publicidad política esta limitada a periodos de campaña política en elecciones y se encuentra en la Ley Electoral. 9. La prensa investigativa y critica política se efectúa en los espacios noticiosos, y no existe censura. 10. Los espacios de información meteorológica, se podrán radial o televisar en cualquier bloque y solo dependerá de la gravedad de la situación meteorológica, esta se hará a través de la línea caliente con el instituto de Meteorología.
La progresión Regular, se efectuara en Bloque horarios destinados a la satisfacción de la ciudadanía, y observando la preferencia de esta, sin menoscabo de los espacios destinados a la Cultura y las Artes nacionales, y universales. a. El bloque de inicio de la programación se efectuara con el Himno Nacional, y una breve reseña de un pensamiento del Apóstol. Seguidamente el Noticiero matutino nacional e internacional. b. El bloque a continuación se destinara a los niños, y el ama de casa, se podrán intercalar programas educativos en general. c. Los restantes bloques se elaboraran con el resultado de las solicitudes y encuestas a la ciudadanía. d. Se destinara un bloque después de las doce de la noche a programación exclusiva para adultos y esta se solicitara a la ciudadanía, su discreción y cuidados con los menores. e. Para la elaboración de los programas de menores y jóvenes se coordinara con el Ministerio de Educación los horarios de clase y no se radiara o televisara ningún programa de interés o que promueva el abandono de clases dejando estos bloques para los horarios de regreso al hogar. f. De igual forma se establecerán las normas establecidas en el inciso (e) para la programación privada. g. Ningún bloque de noticias será censurado, estos estarán sujetos a la Ley que determinara si se establecen penalizaciones por el uso indebido de los medios. h. Pendiente.
a. Se establecerán bloques de programación diferida de noticias regionales donde se reflejara todo lo de interés regional, o municipal en todas las regiones de la nación y estas se publicaran en el bloque de información intermedio del medio día. b. De igual modo se podrá establecer dentro de la programación diferida los bloques culturales interregionales. c. Se Establecerán bloque diferidos en los cuales además de la publicidad de centros turísticos, se incluya la programación artísticas que se ofrece en estos centros. d. Todas las regiones podrán intercambiar vender, comprar programación a todas las televisiones y radios públicas de cualquier nación que sean de interés regional. Esta programación estará a la disposición y uso de todas las regiones independientemente de la región que la obtenga. Se establecer el por ciento del pago correspondiente a la región que hizo la adquisición. En este caso no esta incluido la programación de la empresa privada. e. Se establecerán boques sabatinos y dominicales después del primer bloque de apertura destinados a las instituciones religiosas, filosóficas, fraternales que no excedan al medio día, y a continuación se dedicara un bloque de cinemateca elaborado con la preferencia de la ciudadanía. f. Todas las regiones estarán atentos a todas las efemérides y elaboraran un bloque de efemérides donde se establecerán la recordación de nuestros próceres nacionales, así como los próceres de otras naciones en que sus conductas y pensamiento se homologuen con nuestros próceres. En estos bloque no solo se recordara la efeméride, sino que se establecerá una serie histórica lo mas sujeta a la verdad. g. Pendiente.
a. El Estado podrá informar a la ciudadanía a través de las Estaciones televisivas, o de radio. De acuerdo a la importancia de la información o de la prioridad que establezca el Estado, el Fideicomiso le brindara el servicio. b. El Fideicomiso, esta en la Obligación de establecer los horarios y espacios diarios que se destinaran a los Sufragios y Elecciones Presidenciales. c. El Fideicomiso esta en la obligación, de brindar igual servicio a los Gobiernos Municipales, a través de la Radio o televisión según el caso para la información a la ciudadanía local residente. d. Dentro de la programación de información municipal, esta destinar bloques esporádicos para informar de obras que afecten el trafico y los desvíos que se hayan establecido. e. Se incluirá también un pequeño bloque informativo que en el que se informara a petición de los ciudadanos arrestado que lo soliciten, asi como aquellos que finalizan sus condenas si lo solicitarán como información a los familiares.
a. El Fideicomiso habilitara una pagina del Intranet, y una frecuencia de la Radio especial para difundir las sesiones del Poder Legislativo, estos espacios serán en vivo, y diferidos. Corresponde al ICRT establecer los formatos de esta programación. b. Cada Región podrá establecer dentro de los formatos e intercalar la opinión de periodistas tanto en critica, como a favor de lo que se este legislando. c. Esta programación identificara la información acorde a la fuente o órgano en que se esta legislando: Municipio, Consejo Provincial Municipal, o la Asamblea Nacional.
Las Frecuencias de la actual radio habana cuba, pasaran a la VOC, como fuente de información internacional de la Republica de Cuba. Las frecuencias y cadena de Radio Enciclopedia pasaran al control y servicio de los Sindicatos Independiente de telecomunicaciones Cubanos. a. Las instalaciones actuales de la Estación Terrena Caribe pasaran a Dirección General de Trafico Satelital se identificara como CSATNET, Cuba Satélite Network. b. El Fideicomiso progresivamente desarrollara instalaciones similares en cada región.
Mensaje del Partido Revolucionario Cubano, a los miembros del Fideicomiso que pertenece a nuestro partido y a los que no pertenecen. Retomando las palabras del Apóstol, les recordamos que dijo el Maestro. “El deber de un patriota que ve lo verdadero esta en ayudar a sus compatriotas, sin soberbia y sin ira, a ver la verdad. El pueblo mas feliz es aquel que tenga mejor educados a sus hijos en la instrucción del pensamiento y en la dirección del pensamiento”. Nuestro Ministerio, es quizás el más especializado para lograr el desarrollo económico sostenible de la nación, así como para la protección de la democracia, la creación de una nueva cultura de las comunicaciones en la Republica de Cuba, es un elemento fundamental de nuestra política para afrontar los desafíos de la Globalización de los medios masivos de telecomunicaciones con los objetivos de proteger nuestros valores culturales y nuestros valores económicos, pues la concentración de estos medios y el dominio del mercado, por las trasnacionales de las comunicaciones, es la nueva forma de explotación económica aumentando el déficit de las naciones que no afrontan la realidad. La privatización a espaldas de la ciudadanía, no solo es un suicidio económico, sino un suicidio político, pues la libertad que se proclama por los medios totalmente privados es una libertad condicionada a los intereses económicos de sus dueños sin importar la cultura, la educación, y el entretenimiento sano de la sociedad a quien deben servir, pues se deben a las leyes del mercado que no es otro que la publicidad. Nuestra política, es crear esta entidad autónoma e independiente del Estado, como es de fácil entendiendo en los fundamentos legales en que se basa el Fideicomiso. El Fideicomiso es de hecho una empresa privada, y se rige por las leyes del mercado, la única diferencia, es que el dueño y beneficiario son nuestros ciudadanos y por supuesto los que lo atienden y mantienen también son codueños, también hay una diferencia, cuando están controlados por el Estado, el ciudadano no puede despedir al Fideicomisario, en nuestro fideicomiso, si. Si el Fideicomisario no cumple, la ciudadanía tiene el derecho a despedirlo.
La junta Directiva, estará constituida por el Ministro de Telecomunicaciones, que fungirá como el Presidente de la Junta, un Vicepresidente, con rango de Viceministro, y Siete Directores. Articulo 28.0. Las Direcciones Técnicas del Fideicomiso serán: a. Radio. b. Televisión. c. Radio-Enlace & Satélite. d. Telefonía y Correos Postales. e. Computación e Informática. f. Computación sin cables. g. Fibra óptica y Cable Coaxial. h. Economía.
a. Por defecto la Junta Directiva siempre estará presidida por el Ministro de Telecomunicaciones, ya que este es el miembro de la Asamblea Nacional que responde al Estado por el Fideicomiso. (Nota, se utiliza el termino por defecto, por la simple razón de que en democracia cualquiera puede ser ministro de cualquier ramo y provocar un desastre, en nuestro caso preferimos que sea una persona que conoce el ramo, así le podremos exigir mejor). b. Será el Vicepresidente el Director General del Fideicomiso. c. Serán los siete Directores los Superintendentes del Fideicomiso en cada Región. d. Pendiente.
Cada Región tendrá una comisión que será nombrada por las Direcciones Técnicas, estas Comisiones se formaran con los Ingenieros, y Técnicos Medios, mas capacitados , para ejercer por un periodo de cinco años, y podrán ser ratificados a otro termino de igual tiempo.
Las Comisiones no tienen como objetivo elaborar reuniones, sino el de convocara a reuniones para la solución de posibles problemas, establecer normas de mantenimiento, y la de planificar estos mantenimientos y controles de fiabilidad de los medios. Además tendrán las siguientes atribuciones: a. recomendar la calificación del personal técnico e ingenieros para ocupar determinados cargos en la técnica especifica. b. Recomendar basado en la historia de los mantenimientos, e interrupciones de servicios que equipamiento debe ser sustituido y que tecnología se aplicara en la sustitución. c. Evaluar el desempeño del personal técnico e ingenieros en sus funciones con fines de asensos y promociones futuras. d. Proponer a los futuros miembros de la junta directiva. e. Revisar todas las quejas a los servicios que tengan los ciudadanos sobre los servicios y canalizar su solución, así como la de establecer las responsabilidades. f. Pendiente.
El Ministro de Telecomunicaciones además de sus funciones en la Asamblea Nacional tiene en el Fideicomiso las siguientes funciones: a. Dirigir y supervisar la actividad técnica y económica de las cuatro regiones del fideicomiso. b. Dirigir la política de las Telecomunicaciones nacionales e internaciones en este último caso de las internacionales velara porque estés se ajusten a la información oficial de la Republica. c. En la dirección de la política nacional velara porque se establezcan los presupuestos en igualdad atendiendo a las necesidades en concordancia a los planes de desarrollo económico sostenible. d. Gestionar el presupuesto en la Asamblea Nacional en los casos que la autonomía económica del fideicomiso no sea suficiente. e. Expedir las licencias de operación de Estaciones de radio y televisión. f. Expedir el certificado de todos los ingenieros, técnicos medios, y técnicos a los titulares graduados en los politécnicos de telecomunicaciones y universidades del ramo. g. Autorizar la renta de espacios a la empresa privada de radio y televisión con apego a este reglamento. h. Aprobar las solicitudes de equipamiento de diagnostico e investigación y laboratorios del fideicomiso de Salud. i. Nombrar a los miembros que fueron propuestos y electos para ocupar los cargos renovables del fideicomiso en todos los casos contemplados en este reglamento. j. Aprobar todas las inversiones y sustitución de equipamiento a propuesta de las comisiones. k. Asistir a los Foros de la UIT y nombrar las comisiones que funcionaran y representaran a la Republica de Cuba, en este y otros foros internacionales. l. El Ministro de Telecomunicaciones, como Fideicomisario, responde a la ciudadanía, y rinde cuentas a esta, además es el garante de la privacidad de los medios que brindan servicio a la ciudadanía y su función por este concepto en la Asamblea Nacional, es la de repeler todo abuso de poder del Estado hacia la ciudadanía, así como el de nombrar a los funcionarios que realizaran estas funciones en las cuatro regiones ante los gobiernos municipales. m. Aprobar y derogar las licencias al uso de espacios radial y televisivo a la empresa privada.
El Vicepresidente, es el Director General del Fideicomiso, sus funciones serán las siguientes: a. Dirigir la actividad técnica de las Comisiones, y la economía de las regiones. b. La supervisión de todas las instalaciones del fideicomiso. c. La supervisión y coordinación de las Comisiones. d. Planificar fecha y lugar de las reuniones que efectuaran las Comisiones. e. Asegurar al fideicomiso de salud publica, la instrucción de sus técnicos e ingenieros de mantenimientos de equipos de diagnostico en las cuatro regiones. f. Promover al personal ingeniero, técnicos medios, y técnicos del fideicomiso acorde a su historial profesional en el desempeño de sus funciones, sin menoscabo de las solicitudes individuales de estos por solicitudes de asensos. g. Coordinar las reuniones con la Comisión Económica fecha y lugar, así como invitara a la Comisión a que corresponda la revisión o proyección de su presupuesto. h. Coordinar con el ICRT, los cambios de horarios de programación motivados por mantenimientos u otros eventos. i. Otros que le asigne el Ministro de telecomunicaciones.
Las atribuciones de los directores regionales es la de dirigir la actividad técnica en las provincias y municipios de su región. Además tendrán a su cargo. a. Nombrar a los técnicos medios, técnicos e ingenieros de las Comisiones. b. Nombrar con las sugerencias de las Comisiones a los técnicos e ingenieros que operaran y mantendrán las Estaciones de radio, televisión, cable, fibra óptica y radio enlaces telefonía, y correo. c. . Coordinar con los Gobiernos Municipales, los desvíos nocturnos y diurnos necesarios por razones de mantenimiento de líneas de cable, fibra óptica, y telefonía fija. d. Coordinar con los directores de hospitales, policlínicos y farmacias, los servicios calientes de emergencias. e. Coordinar con los Juzgados, y Tribunales, los servicios de comunicaciones necesarios, así comos los de informática. f. Asistir a todas las reuniones que se convoquen por las comisiones. g. Proteger la privacidad de los usuarios de los servicios del fideicomiso en sus regiones. h. Otras que le asigne el Viceministro.
El ICRT, estará compuesto de Cuatro Subdirecciones, esta tendrá a su cargo la programación de Radio y Televisión en sus regiones. a. La programación educacional, estará dirigida por el Fideicomiso de Educación quien solicitara al ICRT, los medios necesarios y soporte técnico. b. El resto de la programación corresponde al ICRT, su elaboración. c. El ICRT promoverá a todos los valores culturales de las cuatro regiones en igualdad de oportunidades y participación en los medios tanto informativos, como de entretenimiento. d. Pendiente.
El ICRT, será una dirección autónoma, en concepto de programación y responderá a la diversidad regional, pero se debe a la Dirección del Fideicomiso, la dirección del fideicomiso es la encargada de realizar las encuestas de satisfacción de la ciudadanía. a. El Director General del ICRT, responde directamente al Ministro de Telecomunicaciones por la Administración del instituto. b. Las Subdirecciones Regionales responden a la dirección general por la programación y la gestión cultural en sus regiones. c. El Ministro de Telecomunicaciones, se reserva el derecho a establecer investigaciones y análisis de la gestión cultural, entretenimiento, satisfacción de la ciudadanía tanto nacional, como por región, provincia, y municipio. d. La Dirección Económica del Fideicomiso con el auxilio de sus subdirecciones regionales, establece el presupuesto nacional del ICRT. e. La dirección económica del Fideicomiso, podrá recortar el presupuesto de cualquier bloque de programación, que no satisfaga los radioescuchas, o televidentes, sin perjuicio de los intereses minoritarios. Arriba
El pago de los servicios se efectúa a través de tres fuentes: a. Servicio de publicidad Comercial, los pagos los efectúan los comercios y productores. b. El servicio de entretenimiento y educación se paga en los impuestos por el ciudadano. c. Empresa Turística. Información de la Programación.
Articulo 3.0.
Articulo 5.0. b. Las quejas recibidas en la Oficina de Relaciones públicas.
2. La distribución del servicio dentro del domicilio solo corresponde a UD como usuario como lo desea, la puede realizar UD o solicitar un estimado de la distribución por medio del Fideicomiso. 3. Los pagos de la instalación interna mediante el auxilio del fideicomiso se podrán pagar en un salo pago o distribuir este durante el año en curso.
Los servicios de Internet también están incluidos en los impuestos y todos los ciudadanos tienen el derecho a un espacio de 50Mb en los servidores del fideicomiso, y tantas cuentas de correo electrónico como miembros tengan la familia. 1. Este servicio se efectuara mediante telefonía, telefonía sin cables, o cable acorde a la circunstancia y posibilidades técnicas en la región. 2. los ciudadanos recibirán el servicio igualmente en la caja de distribución externa y su distribución interna la podrán realizar por sus medios o solicitar el estimado del trabajo por los técnicos del fideicomiso. 3. Los pagos de la instalación interna mediante el auxilio del fideicomiso se podrá realizar en un solo pago o distribuir durante el año en curso. 4. Los usuarios con menores que utilizan los servicios de Internet podrán solicitar gratuitamente que las cuentas destinadas a los menores se les apliquen todo tipo de protección. Aunque le aclaramos que la mayor protección se obtiene con la supervisión de sus cuentas por los padres, los que podrán asistir a las bibliotecas públicas y solicitar que se le explique como se efectúa este chequeo estar digitalmente informado es su deber, pues la libertad de expresión de otros también debe ser respetada.
2. No almacene material de interés patentable en su computadora si esta esta conectada a la línea, siempre hay quien puede acecharla tampoco numero de cuentas de banco o identificación personal privada. 3. ningún código o estilo de pagina que usted utilice es privado este podrá ser copiado por cualquier otro usuario al igual que UD puede usar el de otros en nuestros servidores, siempre tenga en mente que los lenguajes de computo son como las leguas o idiomas una vez que UD lo aprende le permiten comunicarse con otras personas que lo hablan. En nuestros servidores los derechos de autor están limitados a un número de años y pasado ese periodo son de dominio público. 4. Si la utilización de su espacio estará destinada al comercio comuníquese con el fideicomiso para obtener protección especial, por la cual deberá pagar un módico precio que se emplea en el mantenimiento de estos medios. La eficiencia de estos depende de sus impuestos.
2. Se entiende por comunicaciones privadas sus correos electrónicos, y su correspondencia postal regular, esto no incluye a la información que UD situé en su pagina Web aunque esta no puede ser modificada por otro usuarios, solo UD esta en dominio de su cuenta y es responsabilidad del fideicomiso y UD. 3. Toda intromisión del Estado en su correspondencia debe estar amparada de información legal por escrito del Tribunal Supremo de Justicia, y esta en posesión del Fideicomiso, si UD no esta informado el fideicomiso le puede informar y es deber del Fideicomiso informarle, estamos al servicio de la libertad , la democracia y su satisfacción individual.
1. La legislación laboral, solo nos permite brindar este servicio especial a los comercios que garantizan la protección al consumidor, y algunos servicios del Estado en casos extremos las normas son las siguientes: 2. La mercancía que se compra a través del Internet solo se paga al recibirla el cliente vía correo normal, UD la recoge en el correo postal y verifica en presencia del agente de correo que es exactamente lo que compro mediante la factura escrita y la paga en el correo. Igualmente se efectuar el pago si es entrega a domicilio el cartero revisa con UD la mercancía y cobra el importe. 3. Las cuentas de los servicios que brindan los municipios solo se admiten el día anterior al vencimiento y conllevan un recargo de cinco centavos por cada transacción electrónica. Los pagos sin fondos conllevan un recargo de diez pesos.
1. La Constitución Política, establece el derecho a las religiones, sectas cultos, fraternidades y otros el acceso a los servicios de radio y televisión. 2. Todos los ciudadanos están en derecho de recibir esta programación en sus hogares aunque solo exista un solo fiel de cualquier religión secta culto o fraternidad en una región en particular. 3. Estas programaciones están limitadas a los sábados y domingos en las primeras horas de la mañana para las religiones que predican el Cristianismo y el resto se podrán recibir en otros bloques de programación.
1. Todos los ciudadanos están en pleno derecho de recibir la programación de la información gubernamental en todos los municipios. 2. Todos los ciudadanos en temporadas de elecciones están en el derecho de recibir la programación de publicidad de candidaturas y aspirantes a cargos de gobierno, y la de participar en entrevistas a candidatos mediante correspondencia electrónica y micrófono abierto en las estaciones locales o cadenas de radio y televisión.
2. Ganancias efectuadas por el Fideicomiso y destino de estos desglosados. 3. Información de nuevas promociones tanto en servicios, como en personal de dirección de estos en su región. 4. Explicación de posibles aumentos de impuestos si los hubiere y porque periodo de tiempo estarán vigentes. 5. información de sustituciones y despidos desglosando los rezones o motivos que lo motivaron.
1. Todos los ciudadanos están en pleno derecho de rechazar todos los intentos de privatización si estos no garantizan los servicios a los cuales están en pleno derecho a perpetuidad. 2. Todos los Fidecomisarios y Fiduciarios Operativos, estan en el derecho de rechazar todo los intentos de privatizacion si estos no establecen las garantias de indemnizacion requerida por el esfuerzo realizado COMISION DE INDENIZACION. 1. Se creara una comision de indenizacion que atendera todos los casos de expropiaciones de bienes por el pasado regimen. 2. Se indenizara a todos los propetarios de cadenas de radio y television y cuanto timbiriche de comunicacion haya sido expropiado. 3. Esta comision estara compuesta por Ingenieros y Tecnicos en Telecomunicaciones y economistas. 4. Todas las reclamaciones se efectuaran por orden de valores y orden de aplicacion de reclamacion Nota: Al igual que en todos los Fideicomisos no estan reflejado en estos Estatutos las interioridades tecnicas e informaciones legales que necesitan tecnicismos por no conciderarse de valor del ciudadano general, y estan disponibles para los tecnicos y abogados. En los textos completos estan las medidas tecnicas de seguridad del sistema completo tanto de internet como las tecnicas de las otras ramas de telecomunicaciones. |
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| NUEVO ,PARA MEJOR EL ENTENDIMIENTO DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS _CONSEJO DE DERECHOS HUMANO. |

